domingo, 29 de junio de 2014

Saludable rectificación

DE LUNES A LUNES
El viernes 27 a las 5:35 pm., la oficina de Trámite Documentario del Congreso de la República recibió el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Economía y de Fiscalización en relación al Proyecto 3626 de Nueva Ley de Contrataciones del Estado. No hay mayores cambios entre el texto remitido por el Ejecutivo y el aprobado por ambas comisiones.
En la Exposición de Motivos del nuevo documento, sin embargo, se ha incluido una expresa referencia, en el segundo párrafo de la página 27, al Registro Nacional de Árbitros que “permitirá hacer de público conocimiento la nómina de potenciales candidatos que se consideren calificados y especializados para ser designados como árbitros del Estado.”
“Árbitros del Estado” para el legislador son, sin duda, los “árbitros de las Entidades”, aquellos que designan las reparticiones de la administración pública que tienen una controversia con uno de sus contratistas. Pero la falta de esa precisión no le quita validez a la innovación.
Es verdad que esa modificación del Proyecto no tiene su debido correlato en el tercer párrafo del numeral 45.6 del texto de la norma propuesta cuya redacción todavía hace creer que para desempeñarse como árbitro, tanto del Estado, o sea de las entidades, como de los contratistas “se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Árbitros.”
Para que todo guarde armonía con lo que se consigna en la Exposición de Motivos, debería decirse en el numeral solamente que “para desempeñarse como árbitro del Estado se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Árbitros”, con cargo a entrar en mayores precisiones en el Reglamento.
En cualquier caso, felicitamos a las comisiones y a sus integrantes que han sugerido esta acertada modificación que hemos solicitado desde este semanario. Es una saludable rectificación que falta rematar.
EL EDITOR

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