domingo, 29 de junio de 2014

El texto puede quedar redondo

VALOR REFERENCIAL Y RANGOS
Desde la semana pasada nuestro editor, Ricardo Gandolfo Cortés, ha sido entrevistado por distintos medios de comunicación en su doble condición de experto en contrataciones del Estado y de autor de la primera Ley de esta materia, promulgada hace 17 años. El último lunes apareció en Gestión un reportaje con sus declaraciones, más amplio que el publicado el 16 de junio; el miércoles por la mañana estuvo en las plataformas de radio y televisión de RPP con Raúl Vargas, Patricia del Río y Ricardo Gómez; el mismo miércoles salió una entrevista en Expreso; el jueves en La República. En todas ellas destacó el esfuerzo del Ejecutivo por perfeccionar la Ley de Contrataciones del Estado pero criticó que en lugar de modificarla para adecuarla a las necesidades de la actualidad se haya optado por cambiarla. Reconoció que pese a ello felizmente no hay grandes reformas que obligarían a detener a toda la administración pública hasta poner en funciones todo un nuevo andamiaje legislativo.
Destacó en todas sus intervenciones que la eliminación del valor referencial puede ser muy positiva para la contratación de bienes y servicios generales, estándares o comodities cuyos precios se pueden fijar perfectamente a través de la oferta y la demanda en tanto superen o cumplan con determinadas especificaciones técnicas que pueden ser muy precisas. Es un error, sin embargo, hacer extensiva esta eliminación a consultoría de obras, que es la etapa medular de un proyecto en la que se elaboran los estudios y se lo supervisa, donde se definen sus características más importantes.
En la actualidad tanto en ejecución como en consultoría de obras sólo se admiten ofertas cuyos precios se ubican dentro de un rango que llega hasta un diez por ciento por encima y por debajo de ese valor referencial. Como la calificación de la propuesta económica le asigna mayor puntaje a las ofertas de menores montos, los postores se presentan con los precios más bajos posibles. Si se eliminan el valor referencial desaparece ese rango y por lo tanto las propuestas pueden presentarse con precios todavía más bajos. Eso está bien en bienes o servicios estándares, como para la adquisición de camiones para el Ejército, proceso en el que participan distintos proveedores y en el que probablemente alguno de ellos, que tiene una gran flota que no ha vendido, puede cotizar precios bastante más bajos que el promedio porque necesita salir de ese stock pues se le vienen los vehículos del siguiente año.
Eso no pasa en consultoría de obras. No se puede contratar al más barato porque, si así fuese, los postores se esforzarían por ofrecer no los mejores servicios sino los servicios de costos más bajos siempre que cumplan con las especificaciones técnicas que siempre son discutibles. En ejecución de obras se ha mantenido el valor referencial y el rango hasta donde se pueden admitir propuestas. ¿Por qué no se mantiene también en consultoría de obras? ¿Por qué donde existe la misma razón no existe el mismo derecho? ¿Por qué se quiere contratar al más barato en consultoría y no en ejecución de obras? Nada ni nadie puede explicarlo. Es una omisión que debe subsanarse de inmediato para evitar que se apruebe así y se exponga al país al riesgo de llenarse de contratos con precios manifiestamente insuficientes.
Todo esto ya pasó hace más de 20 años en el Perú cuando por un breve período se modificó la legislación con el objeto de permitir la contratación de las ofertas más bajas, tanto en consultoría como en ejecución de obras. ¿Qué ocurrió entonces? Pues las obras no se terminaban nunca y las que llegaban al final lo hacían incrementando sus costos de manera escandalosa. Otras eran abandonadas por malos contratistas que cobraban sus adelantos y se fugaban. A los pocos que se encontraban se les ejecutaban sus fianzas y se los hacía quebrar, como si el objeto del Estado hubiese sido el de perseguir a sus proveedores y de arrinconarlos contra las cuerdas para hacerlo fracasar. El objeto del Estado, en contrataciones públicas, es lograr el propósito de cada proceso: tener la carretera, el hospital, el colegio, concluido y bien construido.
Contratar al más bajo también abre las puertas a las malas prácticas en las que incurre el proveedor que degrada su oferta a tal punto que para compensar sus pérdidas se confabula con el contratista al que tiene que controlar para aprobarle toda suerte de adicionales, que elevan los precios de manera incontenible, a cambio de vehículos, alojamiento, viáticos, oficinas y demás facilidades con que éste lo ayuda. Eso no se puede fomentar nunca y menos dejar de castigar.
Tener un presupuesto y ponerlo en conocimiento de los postores en esta clase de procesos es lo más transparente. De esa manera quienes intervienen en la licitación saben exactamente lo que quiere la entidad que la convoca. Para los estudios de la Línea 2 del Metro de Lima, sin ir muy lejos, se cotizaron 6 millones de dólares con los resultados conocidos. Para los estudios de la Línea 3, que tiene una extensión casi idéntica, se han cotizado 22 millones de dólares. ¿Por qué tres veces más? Porque la entidad necesita estudios más completos, más profundos, con más frentes de trabajo, con más perforaciones, con más pruebas, ensayos y otras tareas. Eso no se podría hacer si no hubiera valor referencial y menos aún si no hubiera rangos para admitir o desechar ofertas.
¿Qué hay que hacer? Algo muy simple: En el numeral 28.2 del proyecto, relativo al rango de admisión de propuestas que se mantiene, donde dice “ejecución de obras” hay que agregarle la palabra “consultoría” para que diga “ejecución y consultoría de obras”. Si se hace eso, el texto queda redondo.

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