Hasta el cierre de esta edición, el Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado había aprobado diecisiete Directivas con el objeto de
poner a andar las nuevas normas que entraron en vigencia esta semana.
Sobre bases estándar y expresiones de interés para los nuevos
procedimientos trata la Directiva 001-2016-OSCE/CD. De los lineamientos para la
aplicación de multas por el Tribunal trata la Directiva 011-2016-OSCE/CD. De la
subasta inversa electrónica corporativa y no corporativa se ocupan las Directivas
018 y 005-2016-OSCE/CD. Sobre el SEACE tratan las Directivas 008 en lo que
respecta a la emisión, actualización y desactivación del certificado; la 007 se
refiere al catálogo único de bienes, servicios y obras (CUBSO) y la
006-2016-OSCE/CD a la información que debe registrarse. La Directiva
010-2016-OSCE/CD explica el contenido del resumen ejecutivo de actuaciones
preparatorias.
La Directiva 016-2016-OSCE/CD aborda el procedimiento para la
inscripción, renovación, aumento de capacidad de contratación, ampliación de
especialidad y categorías así como inscripción de subcontratos de ejecutores y
consultores de obra en el Registro Nacional de Proveedores. La 015 para bienes
y servicios. La 014 para la actualización de información en el mismo RNP. La
013 para la expedición de constancias y la 012 para la declaración del récord
de ejecución y consultoría de obras. Estas cinco directivas entrarán en
vigencia cuando se apruebe el nuevo TUPA del OSCE.
Sobre los procedimientos de selección tratan las Directivas 009,
en lo que respecta a las acciones de supervisión que piden las partes; la 004
fijando los lineamientos para contrataciones en las que se hace referencia a
determinada marca o tipo particular; y la 002 en materia de participación de proveedores
en consorcio.
Todas estas directivas pueden revisarse en el portal del OSCE.
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