El
lunes 4 de enero se publicó un comunicado del Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado con el que se pone en conocimiento de la ciudadanía
que el 9 de enero entra en vigencia la Ley de Contrataciones del Estado 30225 y
su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 350-2015-EF. Como el 9 es
sábado nosotros estimamos que para todo efecto práctico ambas normas entran en
vigencia el lunes 11. Pero el tema es irrelevante habida cuenta que ninguna
entidad convoca ningún procedimiento el fin de semana.
El
pronunciamiento informa que el OSCE aprobará todas las Directivas y Bases
Estandarizadas que el nuevo marco legislativo exige y que ellas se difundirán a
través de su portal institucional. Se destaca que los procesos de selección
convocados bajo el imperio del Decreto Legislativo 1017 continuarán su trámite
con esa normativa hasta que terminen, incluidos aquellos que se declararon
desiertos y que por tanto, aunque no lo dice el comunicado, deberán convocarse
de nuevo cuando ya esté vigente la nueva LCE, situación que no afectará su
regulación en el entendido de que tales procesos se originaron al amparo de la
Ley anterior y con ella deberán seguir hasta el final.
En
cuanto a los medios de solución de controversias previstos en el artículo 45 de
la nueva Ley, el OSCE advierte que son aplicables a los casos que surjan en los
contratos derivados de los procedimientos de selección que se convoquen a
partir del 9 de enero, fecha en que entra en vigencia el nuevo ordenamiento
legal.
El
documento indica que las infracciones éticas de los árbitros y las sanciones
“resultan aplicables a las infracciones cometidas desde la entrada en vigencia
de la LCE, a pesar que las controversias correspondan a un contrato derivado de
un proceso de selección convocado antes de su vigencia.”
No hay comentarios:
Publicar un comentario