El Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado publicó un comunicado el jueves 27 de febrero poniendo en
conocimiento de las entidades que de conformidad con los artículos 222 y 226
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, las resoluciones de
designación y recusación de árbitros, emitidas por el OSCE, se notificarán a
las partes a través del SEACE.
El documento informa que de acuerdo con la
décima disposición complementaria transitoria del Reglamento, habiéndose
habilitado las funciones técnicas del portal, a partir del 27 de febrero del
2014 es obligatoria la notificación de esas resoluciones a través del SEACE,
siempre que los procedimientos de designación y recusación de árbitros se
deriven de contratos cuyos procesos de selección hayan sido convocados a partir
del 20 de setiembre del 2012, fecha en que entró en vigencia el Decreto
Legislativo que promulgó la nueva LCE.
El comunicado refiere que las entidades públicas
y los usuarios en general podrán acceder a esta información a través del portal
del SEACE y específicamente de la opción relativa a la notificación de
resoluciones de designación y recusación de árbitros. Recuerda, finalmente, que
de conformidad con el artículo 70 de la LCE estas resoluciones emitidas por el
OSCE se entienden notificadas el mismo día de su publicación en este portal por
lo que es responsabilidad de las partes del proceso arbitral efectuar el
seguimiento correspondiente para tomar conocimiento oportuno de ellas.
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