El Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado modificó la disposición final de la Directiva que regula los Registros
Nacionales de Árbitros y de Secretarios Arbitrales, a través de la Resolución
071-2016-OSCE/PRE de fecha 18 de febrero.
Mediante la Resolución 024-2016-OSCE/PRE publicada
en el diario oficial el 12 de enero del 2016 se aprobó la Directiva
017-2016-OSCE/PRE (PROPUESTA 451) indicándose en su disposición final que
entraría en vigencia a los treinta días calendario de su publicación en El
Peruano.
La Dirección Técnico Normativa, en su Informe
028-2016/DTN, propuso que se modifique esa disposición final a fin de que el
plazo de treinta días para que entre en vigencia la Directiva se compute a
partir de la fecha de publicación de la resolución que apruebe el Texto Único
de Procedimientos Administrativos del OSCE en el diario oficial.
Ese planteamiento fue aprobado por el Consejo
Directivo según el Acuerdo 001-007-2016/OSCE-CD el 17 de febrero último y
publicado al día siguiente luego de recabar el visto bueno de la propia
Dirección Técnico Normativa, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la
Secretaría General.
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