DE
LUNES A LUNES
Mientras en las Naciones Unidas el Santo Padre en
su discurso ante la Asamblea General abogaba no hace mucho a favor del
arbitraje y en Ecuador el presidente Rafael Correa anunciaba con satisfacción
que el Centro de Arreglo de Disputas Relativas a Inversiones (CIADI), adscrito
al Banco Mundial, había aceptado reducir en 770 millones de dólares un pedido
para anular un laudo arbitral que le ordenaba pagar mil millones de dólares más
a una petrolera norteamericana por el retiro de su concesión, en el influyente
diario The New York Times se publicó en los primeros días de noviembre una
serie de tres artículos, relatando las desventuras por las que han pasado
diversos ciudadanos estadounidenses al encontrarse en la encrucijada de tener
que reclamar por múltiples derechos en la vía arbitral.
Hay los casos de clientes de compañías que
prestan servicios telefónicos con cobros excesivos e injustificados hasta
aquellos otros que se derivan de quienes aseguran haber consumido mucho menos de
lo que les cobran los bancos por sus tarjetas de crédito. Pero hay otras
situaciones más graves.
La crónica recoge la denuncia de una médico que
en Filadelfia fue despedida de su centro de labores aparentemente por
discriminación de género. Sigue el caso de una anciana que murió por falta de
atención en un hospicio en Pensilvania y a cuyos deudos se los obligó a ir
arbitraje. En Alabama otra mujer demandó a una corporación de automóviles por
las lesiones que sufrió al fallar los frenos de su coche en un aparatoso choque.
En Florida un bebé nació con graves deformaciones y sus padres no pudieron
reclamarle al obstetra por negligencia en la Corte, porque esta instancia
declinó su competencia al haberse pactado una jurisdicción arbitral. Una
empleada de cruceros fue drogada y violada en plena travesía y no pudo reclamar
por la negligencia de su empleador en la vía ordinaria.
Si estos casos se hubieran dilucidado en el Poder
Judicial los demandantes habrían tenido, en primer término, cuando menos dos
instancias para ventilar sus peticiones en la eventualidad de que en la primera
de ellas no hubieran tenido éxito. De otro lado, probablemente sus pruebas,
testimonios y acusaciones hubieran tenido mejor acogida e incluso no se habrían
presentado situaciones de conflicto de intereses que son frecuentes en los
arbitrajes, según el reportaje, porque los jueces y jurados han sido
reemplazados por árbitros que habitualmente se desempeñan como abogados y que
tienen de ordinario entre sus clientes a las mismas empresas que son demandadas
o a otras de giro similar o idéntico.
El periódico refiere que en los últimos diez
años, miles de compañías en todo el país, desde las grandes corporaciones hasta
las tiendas de escaparates, han utilizado el arbitraje para crear un sistema alternativo
de justicia cuyas reglas tienden a favorecerlas. El cambio ha sido rápido y
para millones de ciudadanos ha pasado desapercibido aun cuando les ha
significado perder el derecho fundamental a la tutela jurisdiccional
administrada por la Corte. “Esto equivale a la privatización a gran escala de todo
el sistema de justicia", dijo Myriam Gil, profesora de derecho en la Benjamin
N. Cardozo School of Law, para luego agregar que por esta vía "los
estadounidenses están siendo privados de sus derechos." La fórmula es
simple: se añaden a los contratos cláusulas de arbitraje que la mayoría de
empleados y consumidores ni siquiera leen y con las que después deben
resolverse reclamaciones de todo tipo.
El miércoles 4 de noviembre, The New York Times
publicó una carta remitida por Teodoro J. St. Antonie, profesor emérito de la
Universidad de Michigan Law School y ex presidente de la Academia Americana de
Árbitros, quien precisa que el arbitraje, correctamente administrado por una
institución arbitral de buena reputación, es menos oneroso, más rápido y por lo
menos tan justo y mucho más accesible para el consumidor medio o para el
empleado de una compañía, que una acción judicial costosa y complicada.
La denuncia, sin embargo, pone en evidencia una
realidad incontrastable: el arbitraje no sustituye a la jurisdicción ordinaria
en todos los terrenos. Simplemente la complementa. Y la complementa allí donde
ambas partes, perfectamente conscientes de lo que hacen, renuncian a la vía
judicial y acuerdan someter cualquier discrepancia futura a la vía arbitral. No
se trata de sorprender a la parte más débil para favorecer a la parte más
fuerte. Es más, las leyes de arbitraje expresamente facultan pactar esta
fórmula de solución de controversias cuando se ventilen problemas de materias
de libre disposición vinculadas al comercio y a la inversión pública o privada.
Cuestiones de derecho de familia y sucesiones, del derecho penal y otras áreas
estrechamente vinculadas con los derechos de cada persona no pueden ventilarse
en la vía arbitral por expreso mandato de las leyes.
En los últimos años en los Estados Unidos el
arbitraje se ha extendido y ha crecido vertiginosamente –como aquí, pero por
otras razones– y ha llegado a algunas situaciones extremas como las que menciona
el New York Times, no como consecuencia de ello sino de una pésima práctica
confiada a la liberalidad con la que cada parte puede pactar el futuro de sus
reclamos, a menudo sin siquiera tomar cabal conocimiento de lo que suscribe,
tal como se admite en los propios artículos.
Lo que hay que hacer, al margen de sancionar
ejemplarmente los ilícitos, es promulgar una ley muy específica, como la que
existe en el Perú y que es una de las mejores del mundo, que consagre la
obligación de revelar todos los posibles conflictos de intereses, de declarar
bajo juramento el compromiso de conducirse con independencia e imparcialidad y
de celebrar convenios muy puntuales sometiendo las disputas a la administración
de reconocidas instituciones arbitrales. Si así lo habrían hecho, no tendrían
que lamentar los excesos delincuenciales y abusos que el reportaje reseña, que
no por ser esporádicos y estadísticamente irrelevantes dejan de ser condenables,
y que constituyen, sin duda, una severa advertencia del arbitraje
norteamericano para aquellos sistemas en los que se permiten arbitrajes sin
ningún control y sin reglamentos específicos que los regulen.
EL EDITOR
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