domingo, 11 de julio de 2021

La modificación del Reglamento en debate

El viernes 9 de julio se realizó con notable éxito el seminario de Contratación Pública y Arbitraje organizado por la Asociación Peruana de Consultoría sobre las modificaciones introducidas por el Decreto Supremo 162-2021-EF en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Participaron como ponentes los ingenieros Jenny Guerrero Aquino, Eliana Rivarola Rodríguez y Carlos López Avilés así como los abogados Fabiola Paulet Monteagudo, Rolando Eyzaguirre Maccan, Gonzalo García Calderón y nuestro editor Ricardo Gandolfo Cortés, que dirigió el evento.

Expusieron sobre registros, procedimientos y contratos, sobre la garantía de fiel cumplimiento y sobre fideicomiso, metrados, adicionales y resolución contractual así como sobre los alcances de la reforma en materia de certificaciones que se constituyen en obstáculos para el libre acceso al mercado. También se trató sobre la inscripción automática de árbitros en el Registro Nacional que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, sobre designación residual y calendario de actuaciones y audiencias, sobre recusaciones y sobre anulación de laudos.

En líneas generales los conferencistas coincidieron en reconocer que el nuevo Decreto incorpora modificaciones positivas que, dentro de los límites que la ley establece, permitirán mejorar el régimen aplicable a las contrataciones públicas en el Perú. Quedan algunos ajustes por hacerse pero eso no debe impedir valorar el esfuerzo que han efectuado las autoridades para comprender la problemática e intentar ofrecer una solución antes de concluir su mandato.

Al día siguiente, el sábado 10, nuestro editor fue entrevistado por el programa Contrataciones al Día por su conductor Adolfo Rodríguez a propósito del mismo tema. Destacó, tanto en ésta como en otras intervenciones recientes, los avances de la norma y advirtió que quedan detalles por definir en lo que respecta al fondo de garantía, para hacerlo extensivo a toda clase de contratos, sin ninguna restricción; a las cartas fianza para devolverlas a quienes actualmente las tienen retenidas; a los recursos de anulación de laudos para que se prohíba el abuso de interponerlos por discrepar con las razones que los motivan; y para que se amplíe el Registro Nacional de Árbitros a fin de hacer posible la participación de destacados profesionales en la resolución de determinados conflictos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario