domingo, 27 de septiembre de 2015

Registro electrónico de participantes

El jueves 24 apareció en el diario oficial el Comunicado 003-2015-OSCE/PRE en cuya virtud el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado pone en conocimiento de entidades y proveedores que desde el 20 de octubre será obligatorio el registro electrónico de aquellos contratistas que quieran participar como postores en los procesos de selección que se convoquen a partir de esa fecha, de acuerdo a lo previsto en los artículos 52 y 53 del Reglamento de la LCE, aprobado mediante Decreto Supremo 184-2008-EF y modificado mediante Decreto Supremo 138-2012-EF.
El aviso advierte que los procesos de selección que hayan sido convocados o se convoquen con anterioridad a esa fecha, a excepción de los procesos electrónicos, seguirán rigiéndose por las reglas establecidas para el registro de participantes de manera presencial, incluyendo a las adjudicaciones de menor cuantía derivadas de las declaratorias de desierto.
Las bases de los nuevos procesos que se convoquen después de esa fecha deberán contener las disposiciones referidas al registro electrónico de participantes para cuyo efecto el OSCE ha puesto a disposición de los usuarios las bases estandarizadas actualizadas que pueden ser descargadas directamente de su portal institucional y más precisamente de la pestaña relativa a documentos normativos vigentes.
El documento señala que, en línea con lo expuesto, los proveedores que deseen registrar su participación deben seguir las instrucciones de la guía para el registro electrónico de participantes publicado en el mismo portal, en la opción de documentos y en la pestaña de manuales.

1 comentario:

  1. Victoriano Castañeda26 de octubre de 2015, 11:57

    De acuerdo ya que en concordancia con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y en aplicación de la Simplificación Administrativa, además de transparentar la actuación de los operadores públicos, hay que simplificar procedimientos hacendo más fácil la participación de las PN o PJ Nac o entranj., que deseen realizar transacciones comerciales con el Estado peruano

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