domingo, 20 de septiembre de 2015

Ahuyentando del arbitraje a los profesionales serios

DE LUNES A LUNES

Esta semana empezó a circular un nuevo proyecto de decreto legislativo destinado a modificar la Ley de Arbitraje con el declarado objeto de garantizar la seguridad jurídica y de evitar fraudes y la afectación de los derechos de terceros.
El documento exige que las controversias cuyos resultados tengan que inscribirse en los Registros Públicos sean ventiladas únicamente a través del arbitraje popular o de arbitrajes institucionales administrados por las cámaras de comercio, universidades o colegios profesionales que se inscriban en un registro a cargo del ministerio de Justicia y que cumplan con los requisitos que se establecerán en un decreto supremo que considerará, sin duda, alguna antigüedad y experiencia en el giro y alguna vinculación elemental con la especialidad de que se trata o con la materia en disputa.
La iniciativa también faculta a los árbitros a solicitar la anotación preventiva de la existencia del proceso en la partida registral respectiva lo que no imposibilita la extensión de otros asientos aun cuando le otorga prioridad y preferencia frente a otros posteriores cuyo contenido sea incompatible con el laudo.
El proyecto señala, de otro lado, que para que se inscriba un laudo que comprenda a una parte no signataria, esto es, que no ha suscrito el convenio correspondiente, “la decisión arbitral deberá encontrarse motivada de manera expresa”, lo que invita al registrador a pronunciarse sobre el fondo del asunto en litigio, algo que está prohibido hasta para el juez. Es obvio que el laudo debe estar debidamente motivado. Si no lo está, la parte que se sienta perjudicada puede interponer un recurso de anulación y estarse a lo que resuelva la Corte. Pero el registrador no puede arrogarse esa prerrogativa ni ninguna ley investirlo de ella porque se terminaría distorsionando la institución arbitral.
La propuesta también pretende crear un procedimiento –que por lo demás ya existe y es innecesario repetirlo– para hacer efectiva la responsabilidad de los árbitros que es otra invitación a enjuiciarlos masivamente y sin razón aparente lo que finalmente puede generar el efecto inverso al que se quiere: ahuyentar del arbitraje a los profesionales serios que naturalmente no desean encontrarse involucrados en largos procesos judiciales, para que se queden o se interesen en esta actividad tan sensible aquellos a los que se quiere alejar de ella, a los que alientan las malas prácticas y que incurren en esas acciones dolosas y en esos actos abiertamente delincuenciales que se anhelan combatir con este decreto legislativo.
EL EDITOR

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