domingo, 16 de agosto de 2015

Organización arbitral

DE LUNES A LUNES

La crítica más frecuente al arbitraje institucional se dirige no contra los centros, contra los árbitros o contra el sistema en que operan sino contra el secretario del proceso al que se compara, injustamente, con el secretario ad hoc que no tiene horario, que redacta con sumo cuidado sus proyectos de resoluciones y cuyos servicios van a menudo más allá de sus obligaciones centrales. Ese cuestionamiento no distingue, sin embargo, entre el secretario que actúa en forma independiente de aquel otro que actúa a través de alguna organización que administra arbitrajes no institucionales. Este último, es una especie de secretario ad hoc sui generis porque si bien no está adscrito a un centro, es como si lo estuviera porque, por ejemplo, recibe una remuneración fija que no depende del volumen de trabajo que tenga, de la cantidad de expedientes que lleve o de la cuantía de las controversias de cada uno de los procesos en los que está asignado.
Los secretarios ad hoc que actúan en forma independiente tienen un honorario que habitualmente oscila en la mitad de lo que percibe un árbitro y tienen una carga procesal manejable a diferencia de los secretarios institucionales que a menudo administran un número de casos que les impide dedicarse a ellos con la entrega y dedicación que se quisiera. Es verdad que hay varios secretarios de centros que hacen de su trabajo un apostolado y que, como la canción, no tienen horario ni fecha en el calendario, que no descansan y que abrazan con pasión y mística las tareas que se les confían. La eficiencia de esos profesionales tiene su recompensa y más temprano que tarde son tentados por importantes estudios de abogados, empresas o instituciones mayores donde reciben mejores remuneraciones y donde pueden desarrollar sus actividades rodeados de comodidades superiores.
También hay secretarios ad hoc independientes en apariencia cuyo estipendio es cercenado por sus jefes y otros, de alguna manera independientes pero que organizan audiencias en cuchitriles en los que no sabes ni cómo llegar, en los que con las justas puedes ingresar a través de pasadizos y escaleras destartaladas y en los que por cierto no tienes ni dónde dejar el vehículo en el que te has trasladado o que después de haber ubicado uno, al salir de la audiencia ya no lo encuentras porque los amigos de lo ajeno, vecinos ilustres del local, han decidido llevárselo.
No hay forma, como dicen ahora, de comparar esos inconvenientes con las facilidades que de ordinario te ofrece un centro, tales como espacios seguros para parquear, vigilancia, valet parking, oficinas y ambientes limpios y de fácil acceso, habitualmente aprobados por Defensa Civil. Lo más importante, sin embargo, no es eso, sino la presencia de una institución seria respaldada por una organización de consolidado prestigio que siempre tiene una persona atenta a tus llamadas telefónicas y que guarda y custodia tu expediente como si fuera el único que tienen.
Esto último es de capital trascendencia. Tanto así que nos preocupa mucho que la tendencia a preferir el arbitraje institucional en materia de contratación pública no distinga entre los centros de probada experiencia de aquellos otros que eventualmente podrían constituirse con el único propósito de aprovechar la opción que la ley estaría adoptando. Esas instituciones nuevas y sin nada que exhibir no dejarían de ser organizaciones ad hoc disfrazadas de instituciones arbitrales. Lo que debería marcar la diferencia entre unas y otras no es la manera de actuar de sus secretarios sino la calidad de sus árbitros y la seriedad de sus consejos de administración. El resto es literatura.
EL EDITOR

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