DE LUNES A LUNES
La crítica más frecuente al
arbitraje institucional se dirige no contra los centros, contra los árbitros o
contra el sistema en que operan sino contra el secretario del proceso al que se
compara, injustamente, con el secretario ad hoc que no tiene horario, que
redacta con sumo cuidado sus proyectos de resoluciones y cuyos servicios van a
menudo más allá de sus obligaciones centrales. Ese cuestionamiento no
distingue, sin embargo, entre el secretario que actúa en forma independiente de
aquel otro que actúa a través de alguna organización que administra arbitrajes
no institucionales. Este último, es una especie de secretario ad hoc sui
generis porque si bien no está adscrito a un centro, es como si lo estuviera
porque, por ejemplo, recibe una remuneración fija que no depende del volumen de
trabajo que tenga, de la cantidad de expedientes que lleve o de la cuantía de
las controversias de cada uno de los procesos en los que está asignado.
Los secretarios ad hoc que
actúan en forma independiente tienen un honorario que habitualmente oscila en
la mitad de lo que percibe un árbitro y tienen una carga procesal manejable a
diferencia de los secretarios institucionales que a menudo administran un
número de casos que les impide dedicarse a ellos con la entrega y dedicación
que se quisiera. Es verdad que hay varios secretarios de centros que hacen de
su trabajo un apostolado y que, como la canción, no tienen horario ni fecha en
el calendario, que no descansan y que abrazan con pasión y mística las tareas
que se les confían. La eficiencia de esos profesionales tiene su recompensa y
más temprano que tarde son tentados por importantes estudios de abogados,
empresas o instituciones mayores donde reciben mejores remuneraciones y donde
pueden desarrollar sus actividades rodeados de comodidades superiores.
También hay secretarios ad
hoc independientes en apariencia cuyo estipendio es cercenado por sus jefes y
otros, de alguna manera independientes pero que organizan audiencias en cuchitriles
en los que no sabes ni cómo llegar, en los que con las justas puedes ingresar a
través de pasadizos y escaleras destartaladas y en los que por cierto no tienes
ni dónde dejar el vehículo en el que te has trasladado o que después de haber
ubicado uno, al salir de la audiencia ya no lo encuentras porque los amigos de
lo ajeno, vecinos ilustres del local, han decidido llevárselo.
No hay forma, como dicen
ahora, de comparar esos inconvenientes con las facilidades que de ordinario te
ofrece un centro, tales como espacios seguros para parquear, vigilancia, valet
parking, oficinas y ambientes limpios y de fácil acceso, habitualmente
aprobados por Defensa Civil. Lo más importante, sin embargo, no es eso, sino la
presencia de una institución seria respaldada por una organización de
consolidado prestigio que siempre tiene una persona atenta a tus llamadas
telefónicas y que guarda y custodia tu expediente como si fuera el único que
tienen.
Esto último es de capital
trascendencia. Tanto así que nos preocupa mucho que la tendencia a preferir el
arbitraje institucional en materia de contratación pública no distinga entre
los centros de probada experiencia de aquellos otros que eventualmente podrían
constituirse con el único propósito de aprovechar la opción que la ley estaría
adoptando. Esas instituciones nuevas y sin nada que exhibir no dejarían de ser
organizaciones ad hoc disfrazadas de instituciones arbitrales. Lo que debería
marcar la diferencia entre unas y otras no es la manera de actuar de sus
secretarios sino la calidad de sus árbitros y la seriedad de sus consejos de
administración. El resto es literatura.
EL EDITOR
No hay comentarios:
Publicar un comentario