Nuestro editor, Ricardo
Gandolfo Cortés, informó a los asistentes al IV Congreso Regional de Arbitraje
de Piura, en el marco de la última presentación del evento, sobre los proyectos
de ley presentados en el Parlamento para contrarrestar esa embestida criminal
que se vale del arbitraje, como se puede valer de cualquier otro medio, para
perpetrar los más sofisticados delitos cuyos autores terminan despojando de sus
inmuebles a sus legítimos propietarios y sorprendiendo a jueces, notarios y
registradores con títulos y laudos fraguados y procesos montados.
El primero de ellos es el
presentado, ya hace un par de años, por Rosa Mavila León para modificar el
artículo 418 del Código Penal con el objeto de incorporar a los árbitros dentro
de los alcances del prevaricato, delito que se sanciona con pena privativa de
la libertad no menor de tres ni mayor de cinco años y en el que sólo pueden
incurrir jueces y fiscales que en el ejercicio de sus funciones actúan
dolosamente y expiden resoluciones o dictámenes contrarios al texto expreso y
claro de la ley o citan pruebas inexistentes, hechos falsos o se sustentan en
normas supuestas o derogadas.
El prolífero congresista
Gustavo Rondón Fudinaga del grupo parlamentario Solidaridad Nacional, médico cirujano de profesión, ex director de
Salud en su Arequipa natal y ex candidato a la alcaldía mistiana, al gobierno
regional y al Parlamento por listas fujimoristas e independientes, presentó
cuatro proyectos. En realidad tres porque el cuarto es la adaptación del
segundo a la nueva Ley de Contrataciones del Estado. Todas sus iniciativas se
concentran en los arbitrajes en los que se deciden controversias derivadas de
las contrataciones públicas.
La primera modifica el
artículo 425 del Código Penal para que los árbitros sean considerados
funcionarios públicos. La segunda involucra a la Contraloría General de la
República como veedora en esta clase de procesos, pretensión innecesaria porque
esta institución interviene en forma previa, simultánea y posterior en las
operaciones de todas las entidades sujetas a su imperio. No necesita
apersonarse en ningún arbitraje ni en ningún juicio porque no tiene personal
para eso. Quienes defienden al Estado son los procuradores que, por lo demás,
lo hacen muy bien pese a sus limitaciones. La tercera modifica el artículo 42
de la Ley de Arbitraje promulgada mediante Decreto Legislativo 1071 con el
propósito de realizar audiencias públicas en esta clase de procesos como si no
fuera suficiente que se difundan y publiquen las designaciones residuales, las
recusaciones y los laudos así como sus rectificaciones, aclaraciones e
interpretaciones.
Por último, el congresista
Héctor Becerril Rodríguez del grupo parlamentario Fuerza Popular, químico
farmacéutico de profesión y con un posgrado en ciencias alimentarias, ha
presentado un solo proyecto pero que tiene cinco misiles bajo el brazo. El
primero quiere obligar a que todos los arbitrajes que versan sobre bienes
inmuebles o muebles registrables sean institucionales. El segundo que las
demandas en estos casos se publiquen en dos diarios, uno de circulación
nacional y otro de la localidad donde se encuentra el bien o donde tiene su
sede el centro de arbitraje. El tercero que faculta a accionar en las tercerías
a quienes tienen legítimo título antes del remate o adjudicación del bien aun
cuando haya laudo consentido y ejecutoriado.
La cereza de la torta son
los dos últimos misiles. El cuarto es la pretensión de responsabilizar a las
instituciones arbitrales por los daños y perjuicios que ocasionen sus árbitros.
El último, repone la segunda instancia arbitral de manera obligatoria. No como
era antes, con la antigua Ley General de Arbitraje en cuya virtud se podía
pactar la segunda instancia. Ahora estaría allí para quien la quiera usar que a
no dudar serán todos aquellos que salgan derrotados de la primera instancia con
lo que se terminaría dilatando y encareciendo innecesariamente el proceso.
La solución está en
fortalecer el arbitraje en lugar de debilitarlo dijo Gandolfo. Lo que hay que
hacer es ampliar la jurisdicción arbitral para que el Poder Judicial sea más
eficaz, para que se aminore su carga procesal y para que sólo se queden ahí los
procesos de aquellas partes que no tengan recursos para solventar un arbitraje.
La idea es dejar que la justicia privada le dé una mano a la justicia estatal
que se encontraría además más libre de la influencia del poder político y menos
expuesta a las tentaciones de la corrupción que es lo que se quiere combatir.
No hay que ponerle grilletes
a esta forma mágica, rápida y eficaz de resolver controversias, dijo nuestro
editor. “Si lo hacemos cometeríamos el peor de los crímenes. Eliminar al cartero
creyendo que así desaparecen los correos fatales, lo que es falso. En esa
eventualidad, los delincuentes se buscarán otros mensajeros. El delito siempre
encuentra formas para expresarse. No hay que combatir las formas. Hay que
combatir el delito y con todo el peso de la ley”, concluyó.
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