DE LUNES A LUNES
El Código Penal castiga con dos años de prisión
al funcionario público que, teniendo fondos expeditos, demora
injustificadamente un pago dispuesto por la autoridad competente. Por su parte,
la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto preceptúa que para el pago de sus
obligaciones las entidades públicas destinan hasta el 5 por ciento de sus
recursos anuales. Es una limitación, sin duda, pero también una exigencia que
deberían cumplir aquellos servidores del Estado que se niegan no sólo a honrar
sus deudas sino también a incluirlas dentro de esta partida con lo que en múltiples
ocasiones condenan a sus acreedores a la quiebra.
Las autoridades manifiestan su preocupación por
el bajo número de postores que se presentan en las licitaciones que convocan
las reparticiones de la administración pública y modifican y promulgan nuevas
leyes con el objeto de fomentar una mayor participación y una mayor
competencia, sin advertir que muy probablemente ese índice refleja el
convencimiento ciudadano de que el Estado no es un buen pagador y que antes de
trabajar con el sector público, e intervenir en un proceso que demanda altos
costos que no se devuelven, es preferible concentrarse en el sector privado que
no expone a tantos riesgos.
Es desalentador comprobar que varios funcionarios
aplican, quizás sin proponérselo, esa máxima de triste recordación según la
cual las deudas viejas no se pagan y las nuevas se dejan envejecer. Algunos lo
hacen conscientes de que si pagan pueden ser acusados de haberse confabulado
con el interesado y encontrarse involucrados en otro proceso con el propósito
de determinar sus responsabilidades. Otros lo hacen simplemente para no
distraer recursos en actividades que no reditúan ningún beneficio político y
optan por hacer inversiones electoralmente visibles como construir carreteras,
colegios, postas médicas y hospitales.
Lo lamentable es verificar cada año que esos
mismos funcionarios no agotan todas sus partidas presupuestales ni pagan sus
deudas o disminuyen las que tienen acumuladas que, por si fuera poco, siguen
incrementándose con los intereses que deben calcularse hasta la fecha efectiva
de pago, detalle que debería alentarlos a matar deudas en lugar de incidir en
el perro muerto.
En la eventualidad de que decidan pagar se
permiten negociar montos colocándote contra la pared y conminándote a aceptar
fuertes deducciones para justificar ante sus principales las razones por las
que proceden así, como si no bastara con la deuda misma que nace de una
obligación jurídicamente inobjetable.
Una reciente estadística revela que el Estado
pierde alrededor del 45 por ciento de las reclamaciones que le entablan sus
contratistas. Si esa cifra se sincera y se ajusta para reflejar lo que el
Estado finalmente paga, téngase la certeza que no llega al 5 por ciento de lo
que pierde, suma que por cierto no constituye ningún mérito.
Quizás los responsables de esta realidad no saben
que por no pagar también se puede terminar con los huesos en la cárcel y con
una condena que inhabilita para el desempeño de la función pública.
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