domingo, 17 de marzo de 2024

Opinión previa vinculante sin responsabilidad alguna

OTRO PROYECTO DESTINADO AL ARCHIVO

Los miembros de la Comisión Investigadora Multipartidaria que investiga las irregularidades en las licitaciones y obras realizadas por las empresas chinas, que preside el congresista Héctor Valer Pinto, ha presentado el Proyecto de Ley 07323/2023-CR que modifica el literal j) del artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control 27785, que por de pronto reconoce como atribución de la Contraloría General de la República la de emitir opinión previa vinculante sobre adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que conforme a ley tengan el carácter de secreto militar o de orden interno que estuvieren exonerados de licitación, concurso o adjudicación directa. La iniciativa le agrega al mismo inciso la atribución de emitir opinión previa vinculante sobre la aprobación de expedientes técnicos de obras públicas cuyos montos superen los 5 millones de soles. ¿Cómo que opinión previa vinculante? Si una opinión previa o posterior es vinculante ya no es opinión y se convierte en orden y se acata sin dudas ni murmuraciones.

La propuesta también modifica el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley 31358 que establece medidas de expansión del control concurrente a efectos de retirar de su competencia a la elaboración del expediente técnico porque según se indica en la exposición de motivos ese añadido, incorporado mediante la Ley 31500, no dio los resultados esperados y las deficiencias de éstos persistieron, perjudicando la ejecución de las obras públicas en casi todo el territorio nacional. En lugar del control concurrente los expedientes técnicos, de prosperar la fórmula que se plantea, tendrían que requerir de la opinión previa de la Contraloría para ser aprobados.

Los congresistas que la auspician creen que este mecanismo aborda directamente problemas de sobrevaloración, retrasos y corrupción que históricamente han afectado al sector de la construcción que se controlará con la revisión técnica y legal que asegurará que los recursos públicos se utilicen de manera eficiente, en proyectos viables y necesarios para el desarrollo del país. La opinión previa de la Contraloría busca, según ellos, mejorar la calidad de las infraestructuras, optimizar la inversión pública y prevenir irregularidades, contribuyendo así al progreso y a la confianza ciudadana en las instituciones.

Lamentablemente la realidad no es así. La Contraloría no está en condiciones de emitir opiniones de carácter técnico y legal especializadas en las múltiples vicisitudes que se presentan en el complejo mundo de la ejecución de diversas obras. Tan complicado es ese mundo que las mismas entidades cuando hacen las convocatorias para seleccionar proyectistas y supervisores e incluso constructores, incluyen requisitos muy puntuales de acuerdo a la magnitud y particularidad de cada proyecto. Las exigencias académicas y de experiencias acumuladas son muy rigurosas y las remuneraciones que perciben quienes cumplen con los perfiles son por eso mismo muy elevadas, en armonía con las tareas y responsabilidades que asumen.

Cuando un profesional de alguna institución de control deniega un adicional o una ampliación de plazo que los expertos estiman indispensable para la cabal ejecución de la obra, ¿asume alguna responsabilidad? Cuando alguien emite una opinión previa vinculante, ¿asume alguna responsabilidad? Es muy fácil cuestionar lo que deciden profesionales de amplia e inobjetable formación académica y de abultado y riquísimo currículum vitae, sin responsabilizarse por lo que se deja de hacer o se hace de otra manera a la ordenada por los que más conocen de esos menesteres.

Si los especialistas disponen que determinado tramo de una carretera tenga un espesor mayor al previsto en el expediente técnico porque se comprueba que recibe una carga inusual en permanente alza que puede hacerla colapsar y el profesional que revisa no aprueba el incremento, ¿qué pasa si la pista se rompe por falta de concreto? ¿Responde quien indicó que debía ponerse más o responde quien no se lo aceptó? Eso le falta precisar al proyecto. En cuanto se incorpore ese indispensable agregado que guarda coherencia con lo que se postula, la misma Contraloría va a ser la primera en solicitar que se archive la iniciativa. (RG)

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