DE LUNES A LUNES
Los medios de comunicación
se han encargado de difundir la semana pasada la noticia de la inhabilitación
para contratar con el Estado por un período de tres años que el Tribunal de
Contrataciones del OSCE ha impuesto a la Universidad San Ignacio de Loyola y a
la Universidad ESAN.
En el caso de la USIL la
Cuarta Sala del referido máximo órgano administrativo determinó que uno de los
docentes acreditados para prestar un servicio de capacitación a personal de la
administración pública en el año 2016 presentó como experiencia unos talleres
supuestamente desarrollados en el año 2014 para la Universidad del Pacífico,
centro de estudios que aclaró que el profesional en cuestión había terminado su
contrato en el año 2010, razón por la que no pudo haber participado en los
señalados talleres ni la propia Universidad haber entregado ninguna
certificación que así lo demuestre.
En el caso de la
Universidad ESAN una docente acreditada para prestar un servicio a la
Superintendencia de Banca y Seguros en el año 2018 presentó como experiencia
las labores realizadas en un colegio de Villa María del Triunfo cuyas
autoridades, sin embargo, negaron el hecho.
El asunto ha devuelto a la
actualidad esta infracción que, como se sabe, concentra la mayoría de los casos
sometidos a la jurisdicción del Tribunal de Contrataciones del Estado en aplicación
de los literales i) y j) del artículo 50.1 de la Ley 30225, que castigan la
presentación de información inexacta y documentos falsos o adulterados a
entidades, al mismo tribunal, al Registro Nacional de Proveedores, al OSCE y a
la Central de Compras Públicas.
Desde siempre en PROPUESTA
venimos solicitando que la persona natural que incorpora información inexacta o
documentos falsos o adulterados como parte de su experiencia debe recibir
idéntica sanción de la que recibe el postor que lo presenta. Es frecuente que
un profesional, con el objeto de cumplir las exigencias de las bases y no
quedarse fuera de un trabajo, ajusta su currículum para alcanzar la máxima
calificación. Eso pasa por cambiar ligeramente algunos datos, algunas fechas, algunos
alcances o lo que fuese con tal de lograr el propósito. Argumentos a favor de
tales acciones abundan. La mayoría de las veces se sostiene que la modificación
se hizo para reflejar exactamente la realidad que, por ejemplo, el texto
original no hacía; para aclarar que uno estuvo en una determinada posición más
tiempo del señalado en el certificado y que ello se prueba con la documentación
que suscribió con ese cargo, que se adjunta a la hora de defender el ilícito;
para precisar las labores que se desempeñaron y que se acreditan con los
respectivos términos de referencia. Nada, sin embargo, convierte en verdadero
lo que es falso, en original lo que está adulterado, en exacto lo que es
inexacto.
Ello, no obstante, si ese
mismo profesional sería impedido de participar en nuevos procedimientos de
selección y de contratar con el Estado, en ambos casos, tanto a título
individual como integrando los equipos de otros postores o siendo subcontratado
por otros proveedores, es evidente que se abstendrá de incurrir en la misma
práctica porque ello terminará siendo no sólo más riesgoso sino mucho más
oneroso pues lo pondrá al margen de toda opción laboral durante un buen tiempo.
Preferirá entonces solicitar que quienes suscribieron sus constancias las
corrijan, si ello es posible. Y si no, optará por interesarse sólo por los
procedimientos y alternativas de trabajo para las que, con la documentación que
tiene, puede postular.
Ese solo cambio de actitud
bajará considerablemente la carga procesal del Tribunal de Contrataciones del
Estado porque aun cuando continuarán apareciendo documentos falsos o
adulterados y la información inexacta, todo ello quedará restringido a las
infracciones que los propios postores alientan en la creencia de que burlarán
las medidas de control y podrán engañar a las entidades, alternativa igualmente
en franco retroceso y en proceso de desaparición frente a la evidencia de que los
beneficios que irroga no son tantos como los costos que acarrea su muy probable
descubrimiento. Con el avance de las tecnologías y con las políticas de
transparencia ahora todo se sabe tarde o temprano.
EL EDITOR
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