DE
LUNES A LUNES
Existe una creencia bastante generalizada según la
cual las coimas que algunos contratistas pagan para hacerse ilegalmente de las
adjudicaciones de ciertas obras se recuperan con las adendas que se suscriben
luego para incrementar el monto de los contratos. Eso no es cierto. Esas coimas
se pagan de los fondos de cada contratista y en principio reducen sus ingresos.
Tratan de recuperarlas, cuando pueden, en contubernio con los funcionarios a
quienes han sobornado y que deberían controlar su trabajo, colocando en la obra
menos fierro, menos concreto, menos materiales en general, menos personal,
menos equipos y menos maquinaria.
No es fácil crear artificialmente la necesidad de una
obra adicional que obviamente no se requiere. Primero porque hay que reunir una
cadena de aprobaciones que compromete a muchos actores y segundo porque a
partir del quince por ciento del monto de la obra, todo adicional debe ser
previamente autorizado por la Contraloría General de la República. Si el
adicional no es indispensable para alcanzar el objeto de la obra no se
autoriza. De manera que tampoco es cierta esa afirmación según la cual los
contratistas provocan adicionales sólo para aumentar el monto de la inversión y
por tanto incrementar su utilidad.
Tampoco es verdad que los adicionales los obtienen a
través de arbitrajes, entre otras razones, porque la Ley de Contrataciones del
Estado expresamente ha excluido de su competencia esta clase de pretensiones
así sea que se formulen como si fueran enriquecimiento indebido,
enriquecimiento sin causa, indemnizaciones o cualquier otra, que se deriven o
que se originen en la falta de aprobación o en la aprobación parcial de
adicionales que deberán ventilarse en todo caso en el Poder Judicial.
Los adicionales, por lo demás, forman parte de la obra
y se integran a ella de tal suerte que cualquier peritaje o inspección
posterior, medianamente serios, debe reportarlos, indicando si era necesario y
precisando su costo. De manera que lo invertido en ellos debe estar en la obra.
EL EDITOR
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