domingo, 8 de febrero de 2015

La necesidad de proteger valores

DE LUNES A LUNES
Ricardo Gandolfo Cortés

Las compras y fusiones de empresas en el Perú moverán entre 5 y 7 mil millones de dólares en el 2015, un monto más cercano al promedio de los últimos años aunque muy por debajo de los 13 mil millones que se movieron en el 2014, cifra inusual alcanzada por la venta del proyecto cuprífero de Las Bambas de casi 6 mil millones que alteró el mercado. Así lo ha informado esta semana Omar Mariluz Laguna en un reportaje publicado en el diario Gestión el martes 3.
Esta evidencia invita a reflexionar sobre el valor de las empresas que se mueven en el mundo de las contrataciones públicas: proveedores de bienes y servicios, consultores, contratistas ejecutores y demás actores.
Una característica frecuente en los procesos de selección –o “procedimientos” como se dirá en adelante–, que se convocan con el objeto de contratarlos es la necesidad de evaluar la experiencia con que cuentan en los distintos escenarios en los que se desenvuelven.
Tanto es así que los artículos 44 al 47 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 184-2008-EF, inciden de manera directa, al ocuparse de los factores de evaluación para la contratación de bienes, de servicios, de servicios de consultoría y de obras, en la obligación de considerar este rubro fundamental, que diferencia en la mayoría de los casos lo que es experiencia en la actividad de lo que es experiencia en la especialidad y que comprende un período bastante amplio, anterior a la fecha de presentación de propuestas, que llega hasta los 15 años, en las normas actualmente vigentes, pero que ha sabido llegar hasta los 25 en dispositivos anteriores e incluso no tener límites en las regulaciones originales, en el entendido –por lo demás, lógico– de que el currículum de un profesional o de un contratista no se puede tasajear y cortar en pedazos para quedarse con una parte, por más que sea la más reciente.
El currículum se construye paso a paso, piedra sobre piedra. Y aun cuando lo que se hizo en un principio pueda parecer superado por las modernas tecnologías lo cierto es que vale tanto como lo que se ha hecho en los últimos años porque lo que se evalúa no es el contenido mismo de cada trabajo sino su resultado, la responsabilidad con la que se encaró el compromiso. Si el postor cumplió y cómo lo hizo.
Por eso desde estas líneas se ha defendido que la experiencia del postor se califique sin establecer ninguna clase de límites en lo que respecta al tiempo.
La experiencia en la actividad demuestra la permanencia del contratista en determinado medio, su constancia, su perseverancia, su éxito, sus capacidades para seguir en la brega, sus espaldas financieras.
La experiencia en la especialidad, por su parte, demuestra el conocimiento que puede tener el mismo contratista en una disciplina específica de su propio giro, que es materia de la convocatoria o es la que debe dominarse para poder ser seleccionado.
Los certificados que se emplean para acreditar una experiencia no deberían ser utilizados para acreditar la otra. Es verdad que en la actualidad se permite esa dualidad pero no es correcto porque en esa hipótesis no tendría sentido hacer la distinción entre una y otra, habida cuenta de que exactamente los mismos trabajos que se pueden presentar para demostrar la experiencia en la actividad se pueden presentar para acreditar la experiencia en la especialidad.
En cualquier caso queda claro que la experiencia constituye un valor importante que incrementa o disminuye el precio de una empresa para los efectos, por ejemplo, de su venta o de su fusión, en materia de compras públicas. Es decir, valen tanto los activos tangibles como aquellos que no lo son. La marca, la identidad, los sistemas de comunicación que ha desarrollado, la imagen, el reconocimiento, la reputación así como el conocimiento comercial, las licencias, concesiones y derechos y la cartera de clientes. Todos ellos son activos intangibles como la experiencia que le abre las puertas a nuevos contratos y que por ello mismo vale más que todos ellos juntos.
De allí la importancia que las normas no degraden la incidencia de este factor. Un postor con sólida experiencia en la actividad ofrece seguridad y confianza a quien va a contratar con él. Si a ello agrega una amplia experiencia en la especialidad, propia o a través de un consorciado, pues le adiciona el dominio específico de la disciplina que se requiere.
Proponer que se eliminen los límites en esta materia parece lo más acertado. O cuando menos, que se vuelva a permitir presentar certificados de los últimos 25 años que son, dicho sea de paso, los que mejor representan el período de vida útil de cualquier profesional a título individual. Para que las personas naturales no pierdan valor y para que las personas jurídicas puedan ser vendidas o fusionadas, dentro de un mercado en permanente ebullición, a valores reales y no ficticios. En suma, para proteger valores.

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