El Metro de París tiene dieciséis líneas que se entrecruzan constituyendo una extensa red inaugurada en 1900 con el tramo Porte de Vincennes y Porte Maillot con ocho estaciones. En veinte años logró nueve líneas más. Actualmente tiene 300 estaciones y es utilizada por más de 4 millones 200 mil personas al día. Imaginemos que se decide construir una línea adicional. ¿Cree por ventura el lector que se les exigirá a las empresas interesadas en el proyecto que todo su personal profesional clave se exprese de manera clara, directa y fluida en francés? Parece absurdo, ¿no es verdad?
Salvo que se quiera constituir un monopolio para que
solo intervengan en el proceso compañías francesas. Una pretensión así equivaldría
a atentar contra la libertad económica y el principio del trato justo e igualitario
a las empresas procedentes de distintos países.
No es que el francés no sea un idioma importante en el
mundo. De hecho, lo es. Es uno de los idiomas más extendidos, hablado por 285
millones de personas. Pese a ello, no es posible condicionar la prestación de
un servicio a que todos o parte del equipo de las firmas que quieran instalarse
en París, para los efectos de la construcción del Metro o para lo que fuese,
hablen francés.
Desde luego se puede exigir que toda la documentación
y las comunicaciones escritas sean en el idioma del país que acoge el proyecto.
Es lo habitual. Pero para alcanzar ese objetivo los profesionales que prestan
los servicios se valen de intérpretes, traductores técnicos y otros avances que
la ciencia ha puesto al alcance del hombre para superar con creces cualquier
inconveniente al punto que se hacen reuniones en las que desde distintos
lugares diversas personas se comunican en múltiples idiomas y cada una escucha
las intervenciones de las otras en el idioma de su preferencia, en tiempo real
y forma simultánea.
Cuando algunas bases o términos de referencia
establecen que los profesionales propuestos para el desarrollo de los trabajos
deben comunicarse en idioma francés no aluden obviamente a una restricción, que
sería a todas luces ilegal, cuyo fin es permitir solo la participación de
especialistas franceses o que hablen francés porque eso también sería
discriminatorio y violatorio de todos los tratados de libre comercio existentes
en el mundo que facultan a cualquier persona a trabajar en cualquier parte del
globo sin mayores limitaciones que sus propias calificaciones técnicas y
profesionales.
Una disposición como esa se refiere, sin ninguna duda,
a las comunicaciones que deban dirigirse entre ellos o ellos a la entidad que
los contrata, tanto en forma escrita como verbal. Esas comunicaciones
naturalmente si son emitidas en un idioma diferente deben llegar a su
destinatario en francés. No es ninguna interpretación, es una lectura clara y
contundente de lo que dice o puede decir una estipulación como la indicada. No
se puede entender que esa comunicación tiene que ser directa y personalmente emitida
en ese idioma, desde sus orígenes. Si eso hubiera querido decir el requisito,
lo hubiera dicho. Como no lo ha dicho, no se puede colegir eso en modo alguno. (RG)
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