El último día del año apareció en el diario oficial el
Decreto Supremo 344-2018-EF que aprueba el nuevo Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado que consta ahora de 10 títulos, 270 artículos, 22
disposiciones complementarias finales, 13 disposiciones complementarias
transitorias y 2 anexos.
La Ley 30225, como se sabe, ha sufrido dos
modificaciones, una a través del Decreto Legislativo 1341 y la otra más
reciente a través del Decreto Legislativo 1444. La primera dio lugar al Decreto
Supremo 056-2017-EF que, a su vez, adecuó el Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo 350-2015-EF, a los cambios producidos. La segunda ha dado
origine a este nuevo Decreto Supremo que, sin embargo, no se ha limitado a
adecuar el Reglamento a los nuevos cambios sino que ha preferido por aprobar
toda una nueva norma.
El nuevo Decreto se inspira en el propósito de
impulsar la ejecución de políticas públicas nacionales y sectoriales mediante
la agilización de los procesos de contratación así como en el fortalecimiento del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y de la Central de
Compras Públicas para fomentar una mayor eficiencia.
Ello, no obstante, la nueva normativa reproduce
íntegramente una parte sustancial del antiguo Reglamento al punto que podría
sostenerse, sin temor a equivocarnos, que se trata de una nueva modificación de
algunas cuestiones importantes con una estructura legislativa diferente, nada
más. En buena hora que así sea para no tener que exponer a funcionarios y
proveedores a instituciones y prácticas inusuales que eventualmente reclaman
tiempos mayores para ser conocidas y para implementarlas.
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