DE LUNES A LUNES
En
el Congreso Internacional de Ingeniería de Consulta organizado por la
Asociación Peruana de Consultoría y el Consejo Departamental de Lima del
Colegio de Ingenieros del Perú, el ingeniero Marco Cruzado coincidió con el
ingeniero brasileño Henrique de Aragäo, presidente de la Federación
Panamericana de Consultores (FEPAC), quien fue uno de los principales
expositores en el evento, al sostener que en Latinoamérica el costo de los
expedientes técnicos sobrepasa en setenta y nueve por ciento los precios con los
que se convocan y que los plazos exceden en cincuenta y tres por ciento respecto
de aquellos que se fijan al empezar los estudios.
Destacó
que esa evidencia condiciona la calidad de los expedientes técnicos y de los
estudios en general que se elaboran en el país y el resto de la región. Si no
se establecen valores que permitan un trabajo serio y prolijo pues no se puede
obtener un servicio óptimo. Si no se consideran y retribuyen los plazos que
demanda la ejecución de un buen trabajo, pues tampoco se puede lograr un buen producto.
Los
presupuestos por lo general se calculan sobre la base de precios históricos sin
discernir si esos montos fueron suficientes para conseguir el objeto que se
buscaba o si a su vez fueron superados con partidas adicionales indispensables
para concluir el expediente técnico. Tienen que usarse precios de referencia
exitosos. No precios históricos que no han logrado su cometido o para decirlo
más crudamente, precios fracasados. Si se hace eso, inexorablemente se va a
repetir la mala experiencia.
Agréguese
a ello el hecho de que se adjudican los estudios preliminares a quien oferte el
precio más bajo sin ninguna limitación con lo que se abre la posibilidad de que
los trabajos que sirven de base para la elaboración del expediente técnico no
tengan la solidez más elemental porque son elaborados por profesionales de
escasa experiencia.
Con
los plazos sucede algo muy similar. No se pueden estimar los tiempos que se
necesitan para cada actividad en función de las urgencias políticas del
momento. Hace poco un ingeniero comentaba que los funcionarios están habituados
a fijar los plazos de los estudios en razón de las urgencias que fijan sus
superiores y no de las necesidades reales del servicio y de sus diversas
investigaciones.
Otro
profesional recordó que para la elaboración de un estudio se habían mezclado
dos métodos de trabajo, uno tradicional y otro moderno. El tradicional aseguraba
un desarrollo más rápido pero de corta cobertura. El moderno exigía un mayor
tiempo para instalarse y ponerse a andar pero al mismo tiempo aseguraba una
mayor cobertura. La convocatoria exigió de los postores experiencia en ambos
sistemas. La razón: Las autoridades querían inaugurar una parte del proyecto,
aunque sea muy corta, en el más breve plazo, antes de concluir sus respectivos
mandatos. Para eso se necesitaba emplear por un corto tiempo el método
tradicional que aunque redituaba un menor rendimiento servía para los objetivos
políticos trazados.
En
ese escenario, develar la placa y poner la primera piedra resulta más
importante que satisfacer más pronta y globalmente los requerimientos de la
población. Con esa filosofía, desde luego, es más difícil caminar hacia el
progreso.
Ricardo Gandolfo Cortés
EL CASO DE SUPERVISORES PENALIZADOS POR NO TENER AL PERSONAL COMPLETO CUANDO LA OBRA ESTÉ PARALIZADA
Un
problema recurrente que afecta a los supervisores de obra son las penalidades
que les aplican las entidades por no tener a su personal completo en el
servicio cuando la ejecución de los trabajos está paralizada. Si la obra está
detenida por alguna circunstancia que se prolonga en el tiempo, el supervisor
solicita a la entidad la desmovilización de sus equipos hasta que se reinicien
los trabajos, lo que en ocasiones lamentablemente demora mucho.
Invariablemente, sin embargo, los funcionarios se niegan a esta posibilidad
aduciendo que no está prevista y que si acceden a un pedido de esa naturaleza
podrían ser observados y eventualmente sancionados por sus órganos de control o
por sus superiores.
En
ese escenario los profesionales deben concurrir diariamente al lugar de la obra
y quedarse allí en la mayoría de los casos sin hacer absolutamente nada con lo
que se le ocasiona un grave perjuicio económico al propio Estado porque la
entidad tendrá que pagar esos tiempos muertos. Lo ideal sería suscribir un acta
de suspensión que permita la desmovilización de equipos, maquinarias y
vehículos con cargo a su movilización en cuanto esté superado el inconveniente
que ocasiona la paralización.
En
la práctica con el paso de los días los profesionales buscan qué hacer con su
tiempo mientras les asalta la legítima duda de si serán retribuidos o no por no
hacer nada. En ese afán consiguen algunos trabajos eventuales con los que
cubren sus preocupaciones pero que los obligan a retirarse por algunas horas de
la obra que no se ejecuta. Entre tanto, servidores públicos de control o de
inspectoría detectan estas ausencias y de inmediato aplican las penalidades como
si no estuviera ese personal durante todo el día.
Es
verdad que si así de equivocadas están las normas igual deben cumplirse hasta
que sean modificadas. No menos cierto es que debería evitarse el despilfarro de
tener que pagar por horas/hombre improductivas solo por una deficiencia del
programa. Me temo, sin embargo, que la legislación contempla estos casos y para
eso está la figura de la suspensión del contrato por mutuo acuerdo. Lo que pasa
es que no se quiere transitar por esta opción porque se cree que la reanudación
puede demorar y atrasar aún más los trabajos. Eso debería combatirse para que
sea un trámite muy expeditivo.
Respecto
de los profesionales que se escabullen del puesto y hacen abandono de destino
por más que sea una acción perfectamente comprensible, por los temores que los
asaltan y por la necesidad de combatir el ocio, no tiene ninguna justificación.
Es verdad también que sus empleadores no pueden estar como celadores detrás de
los ingenieros para que no burlen los controles y se escapen de la obra.
También
es cierto que hay proveedores que ellos mismos reubican a sus profesionales en
otros proyectos en tanto se reinicia la obra que está paralizada con el afán de
maximizar el valor de sus cuadros y con la comprensible creencia de que la
entidad no les va a pagar o les va a pagar tarifas castigadas y disminuidas en
algunos conceptos en consideración a la evidencia de la obra detenida. Así en
ocasiones lo advierten y así proceden con frecuencia.
ESTUDIOS A TARIFAS Y SUPERVISADOS POR TERCEROS
Los
contratos para la elaboración de estudios de ordinario se contratan a suma
alzada y se retribuyen en función de hitos, como se dice ahora, o del
cumplimiento de determinadas obligaciones. Es habitual, por ejemplo, que se
entreguen informes preliminares de avance. Si el plazo del estudio es de doce
meses puede haber también once informes mensuales previos a la entrega del
trabajo final. En la mayoría de las veces los informes periódicos no están
atados a un plazo en el calendario sino al cumplimiento de ciertas metas que
deben ser aprobadas por la entidad para que se pueda proseguir con el siguiente
paso que va a dar lugar al siguiente informe.
El
problema estriba en que los funcionarios, como están abocados a otros
compromisos laborales y como además quieren eludir responsabilidades mayores a
las que ya tienen, demoran en revisar y aprobar los informes previos y eso trae
como consecuencia que se atrase el plazo para la elaboración de los siguientes
informes.
Al
consultor que elabora el estudio, sin embargo, se le paga por entregables y por
consiguiente si se retrasa el plazo para la presentación de esos informes no se
le retribuye el mayor costo en el que incurre por tener más tiempo a sus
profesionales en el campo y en gabinete. A los profesionales se les paga un
salario calculado en función al período que se los requiere. Si se los contrata
por doce meses es muy probable que el trabajo se extienda por seis meses más
que nadie asume. Si tiene que alquilar equipos de topografía, maquinarias y
vehículos tampoco se le reconoce el mayor plazo porque su contrato es a suma
alzada.
Los
atrasos no son atribuibles en modo alguno al proyectista que diseña el estudio.
Son exclusiva responsabilidad de la entidad que no revisa ni aprueba los
informes en su debida oportunidad. Esa realidad obliga al consultor a iniciar
una reclamación formal que puede llegar a arbitraje y que de todas formas
ganará porque ha debido incurrir en gastos mayores a los previstos, por
circunstancias totalmente ajenas a su responsabilidad, que encarece el costo
del servicio y que si no es resarcido lo terminará quebrando o dejando en una
situación insostenible económicamente.
Como
el plazo de los estudios también puede ampliarse considerablemente por
complicaciones que aparecen a lo largo del diseño a veces es preferible
retribuirlos a tarifas de personal y confiar la revisión y aprobación de las
labores del proyectista a un supervisor de estudios totalmente ajeno a la
entidad, contratado por concurso que además autorizaría los pagos por el
servicio prestado.
Así
como es obligatorio contratar a un supervisor de obra a partir de un
determinado monto de inversión, así también debería ser obligatorio contratar a
un supervisor de estudio a partir de otro determinado monto. De esa manera se
alejaría de la función pública la difícil tarea de tener que revisar y aprobar
estudios y se convocaría a un tercero para estos fines.
Las
autoridades suelen preguntarse qué garantía puede haber para creer que esta
fórmula no podría prestarse a malas prácticas y
a actos de corrupción. La mejor respuesta es que peor no se puede estar,
de forma tal que cualquier innovación en este aspecto sólo puede traer
beneficios.
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