La
semana pasada se desarrolló con notable éxito el VIII Congreso Regional de
Arbitraje organizado esta vez en la ciudad de Chiclayo por el Instituto Peruano
de Arbitraje que lidera Carlos Soto Coaguila. En nueve mesas se abordaron temas
de gran actualidad como las ventajas y desventajas del arbitraje ad hoc y del
institucional; la capacidad, incompatibilidad y nombramiento de árbitros,
motivos de abstención y renuncia y causales de recusación; las pericias de
parte y de oficio, el debate pericial, actuación de peritos, testigos y
declaraciones de parte.
Otros
paneles estuvieron dedicados a las medidas cautelares, definición,
características y requisitos, oportunidades para dictarlas, tipos de medidas
cautelares, medidas cautelares fuera de proceso y árbitro de emergencia;
confidencialidad y publicidad de los arbitrajes del Estado y uno final sobre la
desnaturalización del recurso de anulación y estándar de motivación de los
laudos arbitrales.
Aun
cuando el evento estuvo inspirado en la importancia y necesidad de diferenciar
el arbitraje en contratación pública del arbitraje comercial, nuestro editor,
que habló sobre la transparencia el día viernes, cuestionó el paradigma de la
confidencialidad y abogó por un solo arbitraje con diversas modalidades,
recordando que la primera Ley de Contrataciones del Estado, cuyo proyecto él
mismo elaboró, se limitó a remitir la solución de los conflictos que se generen
bajo su imperio a la Ley de Arbitraje, sin entrar a la excesiva regulación
actual que fustigó y solicitó revisar para devolverle a la institución las
virtudes que siempre la han distinguido de la vía judicial.
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