sábado, 7 de marzo de 2026

Una carretera sin deficiencias y sin sobrecostos

DE LUNES A LUNES

El congresista Edgard Reymundo Mercado presentó hace unas semanas el Proyecto de Ley 14089/2025-CR con el objeto de garantizar el financiamiento y la ejecución de la nueva Carretera Central que, como se sabe, busca reemplazar a la antigua con el propósito de mejorar la conectividad, reducir los tiempos de viaje, los costos logísticos y la alta siniestralidad que reporta la vía que une a la capital con los departamentos de Junín, Huancavelica, Ayacucho, Pasco y Huánuco. Según la iniciativa el trazo original que atraviesa la Cordillera de los Andes, se hizo bajo estándares ya superados que hoy lamentablemente generan una severa saturación vehicular y recurrentes interrupciones del tránsito por fenómenos climatológicos.

La exposición de motivos destaca que no se trata únicamente de una obra vial sino de una intervención estructural que impactará en la competitividad nacional, la descentralización productiva y la cohesión territorial. En consideración de su magnitud el proyecto requiere, según sus promotores, un marco normativo especial que garantice su continuidad presupuestal, fuentes de financiamiento exclusivas, mecanismos de control concurrente y un modelo de ejecución que preserve la titularidad y gestión pública de la infraestructura.

Es particularmente interesante que la iniciativa responda a la necesidad de dotar al Estado de un instrumento jurídico, en línea con la Ley 30568 del año 2017 –que declaró de necesidad pública e interés nacional la modernización de la carretera–, que asegure un financiamiento sostenible, reglas claras de ejecución como obra pública, intangibilidad de recursos y un sistema de seguimiento con participación de gobiernos regionales y de la sociedad civil.

El propósito de establecer reglas claras que hagan posible ejecutar el proyecto como obra pública, empero, no se condice con la facultad que se le atribuye al ministerio de Transportes y Comunicaciones para implementar mecanismos de asistencia técnica especializada, incluyendo la contratación de una Oficina de Proyectos (Project Management Office – PMO) así como celebrar convenios de gobierno a gobierno u otros instrumentos de gestión permitidos por la normativa vigente. Especialmente esto último. Más aún cuando acto seguido se dispone que la ejecución del proyecto no podrá realizarse bajo las modalidades de concesión, asociación público-privada ni iniciativa privada cofinanciada o autofinanciada que impliquen la transferencia de la titularidad, de la gestión integral o de la explotación económica de la infraestructura al sector privado. Eso quiere decir que si no implican esas transferencias sí se podría utilizar esos mecanismos siempre dentro del marco del sistema de obra pública.

La obra pública, según sus reglas, se contrata mediante licitaciones bajo el imperio de la Ley General de Contrataciones Públicas 32069 y de su Reglamento. Es verdad que esta Ley reconoce la posibilidad de que se suscriban convenios de gobierno a gobierno pero restringidos a objetos de alta complejidad y a bienes y servicios estratégicos que ofrezcan ventajas objetivas en materia de costos y beneficios, oportunidad y alcance, respecto de otras modalidades de contratación existentes en el país.

Un ministro de Economía me aseguró hace algunos meses que el proyecto de la Nueva Carretera Central cumplía estos requisitos. Con el arquitecto que me acompañó le explicamos que eso no era verdad porque una vía de esas características no representa ninguna complejidad como no la han representado ninguna de las carreteras del país que han sido construidas por profesionales peruanos, dicho sea de paso a precios bastante menos onerosos que los que por entonces se manejaban. El costo inicial estimado en 12 mil millones de soles ya había experimentado un doble salto y se había fijado en 24 mil millones de soles. Este año el Ejecutivo lo ha actualizado nada menos que en 30 mil millones de soles y ha admitido que no se va a poder financiar íntegramente con fondos públicos generando un nuevo debate sobre esquemas mixtos o alternativos a los que hace referencia la propuesta legislativa del congresista Reymundo, que desde luego corrige de alguna manera la creencia expuesta por el ex titular del MEF.

La iniciativa faculta al Poder Ejecutivo a emitir bonos soberanos de infraestructura destinados exclusivamente para financiar el proyecto, pretende crear un impuesto a la sobre ganancia minera, independiente del impuesto a la renta, de las regalías mineras y de cualquier otro gravamen aplicable a la actividad minera metálica por el aprovechamiento de recursos naturales no renovables. Este denominado impuesto a la renta extraordinaria minera es equivalente al cincuenta por ciento de lo que exceda del promedio de la cotización internacional de cada mineral registrado durante los cinco años anteriores al de cálculo.

El proyecto de Ley también quiere obligar al Gobierno a transferir en el primer trimestre del año siguiente a la de la recaudación el tres por ciento del total del impuesto general a las ventas generado en las regiones de Junín, Huancavelica, Ayacucho, Pasco y Huánuco, a la cuenta especial que se establecerá para estas recaudaciones que tendrá carácter intangible. Por último plantea crear un Consejo de Seguimiento y Control integrado por los gobernadores regionales involucrados, los ministros de Transportes y Comunicaciones y de Economía y Finanzas y por representantes de la sociedad civil, para verificar el avance físico y financiero de la obra, vigilar el cumplimiento de cronogramas y metas, para emitir informes técnicos mensuales de acceso público y para coordinar con la Contraloría General de la República las acciones que correspondan.

Es imposible, como se comprenderá, emitir bonos soberanos para financiar un proyecto que está en debate y sobre el que no hay ningún consenso. Menos aún crear un nuevo impuesto absolutamente confiscatorio sobre la actividad minera y extraer nada menos que el tres por ciento del impuesto general a las ventas recaudado en cinco regiones del país. Como si todos esos ingresos no estuvieran desde hace mucho tiempo presupuestados y asignados a determinadas partidas. Todo eso se puede evitar si es que se deja sin efecto el contrato de gobierno a gobierno y se sinceran los costos del proyecto.

El ministerio de Economía y Finanzas, en este contexto, ha anunciado una revisión integral de los acuerdos de gobierno a gobierno señalando que la cartera heredada supera los 30 mil millones de dólares, lo que equivale a cerca del nueve por ciento del PBI o a casi dos años de inversión pública, según lo ha recordado Apoyo Consultoría en un análisis difundido el jueves último en el que propone que el Ejecutivo defina el futuro de la nueva Carretera Central y de los seis nuevos convenios G2G pendientes de renegociación o si opta por otro mecanismo, subrayando que este modelo solo puede emplearse allí donde el Estado carezca de experiencia.

El Colegio de Ingenieros del Perú ha exigido al Gobierno y a los órganos competentes reevaluar críticamente la utilización del esquema de G2G habida cuenta de que no ha demostrado eficacia sino todo lo contrario, ha producido sobrecostos, dilaciones injustificadas y una dependencia excesiva e innecesaria de personal extranjero en desmedro de la capacidad técnica nacional, sin observar la obligación constitucional de los funcionarios públicos de cautelar el uso eficiente y transparente de los recursos del Estado.

El CIP ha señalado que es altamente preocupante que luego de cinco años de gestión de un plazo total de diez otorgado para la elaboración de los estudios y la culminación de las obras, no se hayan concluido ni siquiera los estudios y que sin embargo se hayan suscrito once adendas. Se ha evidenciado además que los costos asociados al personal técnico extranjero son aproximadamente diez veces mayores a los que hubiera cobrado un equipo peruano de alta calificación lo que resulta incompatible con los principios de eficiencia, razonabilidad y buena administración que deben regir toda actuación estatal, incluso bajo esquemas especiales como el G2G. Todo ello se traduce en una deficiente calidad en la gestión, elevados niveles de incertidumbre y un manejo incontrolado de los recursos públicos.

El gremio ha emitido desde el 2022 diversos pronunciamientos advirtiendo la inviabilidad del trazo propuesto por la PMO – Francia, cuyo contrato se ha resuelto por razones harto conocidas. Sostiene igualmente que la viabilidad del proyecto no se encuentra garantizada toda vez que los estudios socioeconómicos permanecen inconclusos y se vienen incorporando adendas de manera recurrente con el propósito de introducir artificios que permitan alcanzar beneficios ficticios que podrían generar contingencias legales, contractuales y patrimoniales para el Estado cuya prevención constituye tarea ineludible de las entidades competentes.

Frente a esta realidad, sin precedentes en la historia reciente del país, el Colegio de Ingenieros del Perú recomienda realizar una auditoría técnica integral independiente orientada a evaluar la razonabilidad del análisis de alternativas, la coherencia técnica de los estudios y la congruencia de costos, plazos y resultados esperados, aplicable a todos los convenios de gobierno a gobierno que han generado múltiples atrasos, reportan insalvables deficiencias técnicas y elevados sobrecostos. Al mismo tiempo, reitera sus propuestas para identificar una alternativa viable para la Carretera, promoviendo un trabajo conjunto, transparente y profesional, basado en criterios técnicos consensuados que definan la mejor infraestructura en beneficio del país, bajo enfoques de transporte multimodal y procedimientos propios de la ingeniería moderna, valorando el talento nacional y evitando dependencias innecesarias.

Ricardo Gandolfo Cortés

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