DE LUNES A LUNES
La Dirección General de Abastecimiento a través de la
Resolución Ministerial 135-2025-EF/54 ha difundido varios proyectos de bases
estándar. Las que corresponden a consultorías y servicios de mantenimiento, en
su sección general, incluyen el numeral 2.2 relativo a la evaluación de las
ofertas económicas que habiendo obtenido el mejor puntaje total superen la
cuantía de la contratación. En esa eventualidad, bastante remota para no decir
que imposible, se gestiona la ampliación de la previsión presupuestal como
condición para adjudicar la buena pro. Si no se logra, se negocia con el postor
para que reduzca su precio, sus prestaciones o condiciones. Si acepta reducir
pero no hasta la misma cuantía de la contratación se vuelve a solicitar la
ampliación presupuestal. De no tener éxito, la entidad procede a negociar con
los siguientes postores según el respectivo orden de prelación.
La eventualidad de que la oferta económica del postor
que haya obtenido el denominado mejor puntaje total supere la cuantía de la
contratación es remota porque se evalúan tanto las ofertas técnicas como económicas.
Las ofertas técnicas se evalúan calificándolas a las mejores con los puntajes
más altos y las ofertas económicas se evalúan calificándolas con los puntajes
más altos a las de montos más bajos. En esas condiciones lo habitual va a ser,
como es actualmente, que el mejor puntaje total lo obtenga la propuesta que
tenga el monto más bajo o, en el mejor de los casos, uno de los montos más
bajos. La diferencia que tiene que lograr en la calificación técnica tiene que
ser muy significativa para revertir una calificación muy baja en la
calificación económica que es lo que logra aquella oferta que supere la cuantía
de la contratación.
El procedimiento descrito que probablemente solo se
pueda utilizar en los procedimientos de selección en los que se presente un
solo postor y que este postor sepa de antemano que no va a haber otro que
compita con él. En esa hipótesis, podrá desde luego ofertar el monto más alto
que la norma admita con la seguridad de que no habrá quien le arrebate la
posibilidad de entrar a la negociación destinada a verificar si se logra la
ampliación presupuestal o no. Si aparece antes del pitazo final un segundo
postor que oferte cualquier monto por debajo del que proponga el primero, pues
le arrebatará ese lugar y muy probablemente se hará de la adjudicación. Será
siempre un riesgo para quien se anime a jugarlo.
La reflexión resulta pertinente porque ese mismo
procedimiento que es el que se empleaba en el marco de la Ley de Consultoría
23554 y del Reglamento General de las Actividades de Consultoría (REGAC) que
estuvo vigente desde 1987 hasta que entró en vigencia el nuevo ordenamiento legal
unificado en 1998 y que permitió el crecimiento y el fortalecimiento de la
ingeniería en el país, haciendo posible la contratación de los mejores sobre la
base de la evaluación únicamente de la oferta técnica con cargo a abrirle el sobre
que contenía la oferta económica solo a aquel postor que quedaba en el primer
lugar del orden de méritos, de la manera como está previsto en el señalado
numeral 2.2 del proyecto de Bases Estándar publicado por el ministerio de
Economía y Finanzas.
El Reglamento ahora estipula, en el numeral 75.3, que
el puntaje total es el promedio ponderado de la evaluación técnica y económica
según unos coeficientes que las bases estándar determinarán de acuerdo al
objeto contractual. Si no se quiere hacer ninguna modificación normativa, para
eliminar la evaluación económica, se puede establecer en las bases estándar que
el coeficiente de ponderación aplicable a la evaluación técnica sea el más alto
posible y el coeficiente de ponderación aplicable a la evaluación económica sea
el más bajo posible, de manera de minimizar la incidencia de ésta sobre el
resultado final.
El puntaje total en el proyecto de bases estándar, en
lo relativo a consultoría de obras, que aparece en la página 83, asigna un
coeficiente de ponderación para la evaluación técnica entre 80 y 90 por ciento
en tanto que para la evaluación económica le asigna entre 10 y 20 por ciento.
Esos coeficientes podrían no tener ningún margen y fijarse en 95 por ciento
para la evaluación técnica y 5 por ciento para la evaluación económica, con lo
que se enviaría una señal clara al mercado en el sentido de que, en estos
casos, se prioriza la calidad de la oferta por sobre el precio.
Ricardo Gandolfo Cortés