La semana pasada se conoció que
el arbitraje promovido por Kaloti Metals & Logistics, LLC contra la
República del Perú en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
relativas a Inversiones (CIADI), bajo los términos del Acuerdo de Promoción
Comercial suscrito por el país con los Estados Unidos, concluyó con el laudo
que rechazó todos los reclamos presentados por más de 154 millones de dólares, por
falta de jurisdicción ordenando además al demandante que reembolse al Estado
todos los costos incurridos en su defensa, incluidos los honorarios de abogados
y expertos.
Casi en simultáneo se difundió la
noticia de que la empresa norteamericana Freeport, que produce cobre y
molibdeno en Arequipa a través de la mina Cerro Verde, perdió otro arbitraje
que había incoado contra la República del Perú ante el mismo CIADI por
supuestos incumplimientos de su contrato de estabilidad de 1998 y del mismo
tratado del libre comercio celebrado con los Estados Unidos, que ascendían a
909 millones de dólares.
En el caso de Kaloti la disputa
giró contra las medidas de inmovilización temporal de una serie de cargamentos
de oro para exportación que fueron impuestas por el Perú en el marco de la
lucha contra la minería informal y el lavado de activos, que la demandante
entendió que violaban las disposiciones del convenio. El Estado argumentó que
las pretensiones se encontraban fuera de la jurisdicción del tribunal arbitral
entre otras razones porque no se había demostrado que la inversión estaba
comprendida dentro del ámbito de protección del acuerdo por tratarse de una
transacción comercial que no reunía las condiciones previstas en el tratado.
La Comisión Especial que
representa al Estado y que es parte del Sistema de Coordinación y Respuesta del
Estado en Controversias Internacionales de Inversión (SICRECI) ha señalado que
el laudo, representa un precedente
importante para el sistema internacional de protección de inversiones
extranjeras al reconocer los términos pactados en el Acuerdo de Promoción
Comercial y en el convenio CIADI con respecto a los requisitos para que una
inversión sea considerada como tal, incluyendo el compromiso de capital, la
duración del proceso, la expectativa de obtener ganancias o utilidades, los
riesgos y la contribución al desarrollo del Estado receptor de la inversión.
Cerro Verde demandó al Perú como
consecuencia de la acotación que hizo la Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria (SUNAT) por regalías adeudas desde el año 2006
cuando comenzó a producir cobre. Freeport sostuvo que tenía un contrato de
estabilidad tributaria desde el año 1998 que debía respetarse. Ello, no
obstante, hizo los pagos bajo protesto, razón por la cual Cerro Verde anunció
que está cancelado el principal de la deuda, intereses y multas, estas últimas
calificadas como excesivas, de manera que no requiere hacer nuevos pagos.
Ambos resultados permiten retomar
la buena performance que el país ha mantenido en esta clase de litigios. Es
cierto que el Perú es uno de los estados con más demandas pero eso se debe
fundamentalmente al hecho de que en la mayoría de contratos que suscribe se
incorporan cláusulas de solución de conflictos a través de estos medios
alternativos que dotan de mayor confianza a los inversionistas. El buen manejo
de los proyectos y la buena defensa han hecho posible que el país concentre uno
de los promedios más altos de laudos arbitrales favorables a su causa en estos
escenarios, en los últimos 25 años.
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