domingo, 17 de julio de 2022

Los defensores del arbitraje no pueden sepultarlo

 DE LUNES A LUNES

En la Constitución Política del Perú se estipula que los conflictos derivados de los contratos sólo se solucionan en la vía arbitral o en la vía judicial, según los mecanismos de protección previstos en el mismo contrato o contemplados en la ley. También se consagra la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional destacándose que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente de ella, con excepción de la militar y la arbitral.

¿Creen por ventura que una nueva Constitución va a repetir estos preceptos tan claros y significativos que han permitido consolidar el arbitraje en el Perú como una jurisdicción independiente?

No seamos ingenuos. Eso nunca va a suceder. Algunos constitucionalistas incluso han sostenido que crear una jurisdicción arbitral ha sido un exceso de la Constitución. Pues bien, si así vienen los dados, pues no hay que arriesgar lo que se tiene. Nos quedamos con la Constitución que tenemos y bienvenidos los cambios que puedan hacerse, ampliamente meditados y discutidos, pero sin tocar el arbitraje.

En la Ley de Contrataciones del Estado, cuya primera versión tuve el alto honor de elaborar y que fue promulgada en 1997, se estipula que el arbitraje es el medio definitivo de solución de las controversias que se susciten bajo su imperio. También se pueden solucionar mediante la conciliación pero pese a todo el esfuerzo normativo que se ha desplegado con ese propósito en los últimos años todavía es un objetivo que está lejos de concretarse. Esa disposición pionera y revolucionaria de incorporar estos mecanismos alternativos se ha mantenido durante 25 años.

¿Creen por ventura que una nueva Ley de Contrataciones del Estado va a repetir estos preceptos tan claros y significativos que han permitido consolidar el arbitraje en el Perú y que, por sobre todo, han permitido la solución rápida y eficaz de toda clase de conflictos, en la mayoría de los casos sin paralizar obras y proyectos?

No seamos ingenuos. Eso nunca va a suceder. Los enemigos de estos mecanismos alternativos van a estar de plácemes. Con no considerar ninguna referencia al arbitraje habrán logrado el fin que persiguen desde hace un cuarto de siglo. Solo para regresar esta clase de litigios a la competencia del Poder Judicial y condenar así a quienes tengan alguna reclamación que formular.

Y si por casualidad se les escapa alguna referencia a la conciliación y al arbitraje o se filtra algún inocente proyecto destinado a crear una Ley de Arbitraje para la Contratación Pública, como han propuesto algunos distinguidos colegas, ahí estarán los parlamentarios, alentados por quienes encuentran en el arbitraje obstáculos para tus torvos intereses, prestos para cortarle las alas y para ampararse en estudios de dudosa seriedad que sustenten la necesidad de proscribir esta forma de dirimir las discrepancias.

Entonces, ahora sí, habremos sepultado el arbitraje. Lo que no pudieron hacer hasta ahora sus enemigos lo harán sus defensores. No cometamos ese gravísimo error.

Ricardo Gandolfo Cortés

No hay comentarios:

Publicar un comentario