El
martes pasado se realizó en el auditorio José León Barandiarán del Ilustre Colegio
de Abogados de Lima un seminario destinado a abordar la situación actual del
arbitraje en el Perú organizado por la Dirección Académica y de Promoción
Cultural de este gremio conjuntamente con el Centro de Altos Estudios Peruanos
e Interculturales Patmos.
El
evento fue inaugurado por el doctor Elías Mendoza Habersperger, ex presidente
del Congreso de la República, ex ministro de Justicia y destacado miembro del
foro quien presidió además la primera mesa en la que expusieron los doctores
Jaime David Abanto Torres, Jorge Abel Ruiz Bautista, Julio Martín Wong Abad y
Carlos Castillo Rafael. En la segunda mesa intervinieron la doctora Lourdes
Flores Nano y los doctores Fernando Vidal Ramírez, Alberto Retamozo Linares y
nuestro editor Ricardo Gandolfo Cortés.
Frente
a los acontecimientos más recientes que, para algunos observadores, ponen en
tela de juicio la idoneidad del arbitraje para resolver las controversias que
se suscitan entre el Estado y sus proveedores, se plantearon distintas
acciones. Para unos, es indispensable exigir mayores requisitos para quienes
quieran desempeñarse como árbitros en esta clase de procesos en el entendido de
no pueden aplicarse las normas que regulan la solución de conflictos entre
particulares a aquellos en los que interviene el Estado.
Para
otros, entre los que se encuentra nuestro editor, no hay que recargar de
regulaciones al arbitraje porque fue precisamente ese exceso uno de los motivos
por los que en 1997, al elaborar el proyecto de la primera Ley de
Contrataciones del Estado, incorporó el arbitraje como medio obligatorio de
solución de esta clase de discrepancias. Las sacó de la competencia del Poder
Judicial y las remitió a la jurisdicción arbitral con el propósito de que sea
más rápida y eficaz pero también de que sea menos burocrática. Si se continúa
proponiendo más exigencias lo que se va a lograr no es más transparencia ni más
equidad. Se va a conseguir que esta vía arbitral se parezca cada vez más a la
vía judicial de donde justamente se la retiró, con todas sus virtudes pero
también con todos sus defectos.
Nuestro
editor solicitó que se distinga claramente lo que es el arbitraje de lo que son
delitos perpetrados por la confabulación de funcionarios públicos, contratistas
y árbitros que buscan inventar deudas y obligaciones con el propósito de
dilapidar los fondos del tesoro. Esas asociaciones ilícitas para delinquir
canalizan sus actividades a través del arbitraje, del Poder Judicial y de
cualquier otra institución. Hay que perseguirlas, enjuiciarlas y condenarlas con
todo el peso de la ley. Pero no confundir a la opinión pública haciéndole creer
que el arbitraje es el responsable de esos delitos.
Para
fortalecer el arbitraje hay que disminuir la conflictividad de los contratos y
sincerar el número de arbitrajes habida cuenta de que sólo el 25 por ciento de
ellos corresponden a reales litigios que revelan posiciones contrapuestas. Hay
que impulsar la conciliación al amparo de las nuevas normas que invierten la
costumbre de dilatar las reclamaciones hasta las últimas consecuencias y
priorizan la necesidad de acortarlas y de transar. Igualmente tienen que
elaborarse mejores expedientes técnicos y explicar didácticamente que éstos se
ajustan durante su ejecución a las exigencias de cada caso, especialmente en
obras viales y de saneamiento, razón por la cual sus contratos no pueden
suscribirse a suma alzada.
Se
deben incorporar las conclusiones a las que arribó la Comisión Presidencial de
Integridad que sugirió dotar de máxima transparencia a todo el sistema,
impulsar la simplificación administrativa, combatir el lavado de activos y
fortalecer la Unidad de Inteligencia Financiera. Finalmente, en opinión de
nuestro editor, se debe erradicar la confidencialidad tanto en arbitrajes con
el Estado como en arbitrajes comerciales y de inversiones.
Admitió
que siempre pensaba que “las cuestiones de los particulares sólo interesan a
ellos y las cuestiones del Estado nos interesan a todos” y sobre esa base
defendía la tesis de que la reserva y la confidencialidad debían prevalecer en el
arbitraje privado y la transparencia en el arbitraje con el Estado. Confesó,
sin embargo, haber empezado a creer que la publicidad y la transparencia debe
reinar en toda clase de arbitrajes porque aun en los que enfrentan a los
particulares es posible que hayan intereses de terceros que se puedan encontrar
afectados, como es el caso de los dueños de acciones de empresas que cotizan en
bolsa o de accionariado difundido que habrían preferido vender, si hubieran
estado informados, antes de que los precios de sus títulos se derrumben.
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