DE LUNES A LUNES
PROPUESTA informa en esta edición sobre los detalles de la nueva
versión del record arbitral que en breve lanzará la Dirección de Arbitraje
Administrativo del OSCE que encabeza la doctora Fabiola Paulett Monteagudo, a
quien esta semana le manifestamos nuestra especial felicitación por ese
esfuerzo destinado a dotar de mayor transparencia e información documentada no
sólo a los operadores del sistema de contratación pública sino a todos los
interesados que deseen supervisar o fiscalizar la forma en la que se invierten
finalmente los fondos del tesoro.
Personalmente recuerdo que cuando elaboré el primer proyecto de lo que
vendría a ser la Ley Nº 26850 e incorporé el arbitraje obligatorio como
mecanismo de solución de controversias en todos los contratos que el Estado
suscribe para la adquisición de bienes, servicios y obras, y propuse que todos
las actuaciones se difundan a través del portal del organismo supervisor, los
más importantes miembros de la comunidad arbitral se opusieron de inmediato
pues para ellos el planteamiento atentaba frontalmente contra la reserva,
considerado hasta entonces como uno de los paradigmas de la institución
arbitral.
Admito que costó mucho convencer primero a las autoridades y después a
varios colegas que las cosas de los particulares efectivamente interesan
mayormente sólo a los particulares pero que las cosas del Estado interesan a
todos porque lo que está en juego aquí no es el dinero de los privados sino los
fondos públicos. Si una empresa privada elige mal a su árbitro muy
probablemente le vaya también mal en el proceso y eso en realidad afectará
únicamente a sus propietarios. En cambio, si una entidad del Estado selecciona
mal a su árbitro y adicionalmente le va mal en el proceso, eso afecta a todos,
porque, aunque sea una verdad de Perogrullo, el Estado nos pertenece a todos y
por consiguiente todos también tenemos el derecho de interesarnos en saber cómo
se manejan y resuelven sus asuntos.
En un principio se empezaron a difundir los laudos. Es cierto que con
muy poco entusiasmo porque el paradigma no había sido aún desmitificado. Los
árbitros se resistían a facilitar su publicación y para las entidades tampoco
era importante. Menos aún para los contratistas, muchos de los cuales
preferían, como prefieren algunos hasta ahora, que algunos de esos laudos no
sean difundidos. Posteriormente se advirtió que gran parte de los problemas
podían solucionarse inoculándole más transparencia a los procesos y en esa
línea se forzó ya no sólo a difundir los laudos sino también las resoluciones que
emite el OSCE de designación, de recusación e incluso algunas de las
principales actuaciones procesales.
Ahora se aspira a dar el gran salto para que ya no sólo se sepa a
quiénes se designa por defecto de las partes en elegir a sus árbitros o de éstos
en elegir al tercero, sino a quiénes designan las propias partes, los
contratistas y las entidades. Algunas sorpresas se encontrarán, desde luego. Y
naturalmente algunas malas prácticas también se terminarán porque se ventilarán
públicamente y obligarán a quienes incurren en ellas a abstenerse de
continuarlas pues de lo contrario se encontrarán con nuevas recusaciones.
Del mismo modo se podrá comprobar a quiénes algunos árbitros suelen
proponer o designar como presidentes de los tribunales que integran y aunque
esa será una tarea un poco más elaborada se podrá desentrañar algunos misterios
celosamente guardados, con lo que los secretos se esfumarán en beneficio de una
más amplia y plural conformación de los tribunales. Porque todo aquello que
traiga más publicidad y más transparencia siempre será una buena noticia.
EL EDITOR
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