domingo, 7 de septiembre de 2014

El perro muerto te lleva a la cárcel

DE LUNES A LUNES

El Código Penal castiga con dos años de prisión al funcionario público que, teniendo fondos expeditos, demora injustificadamente un pago dispuesto por la autoridad competente. Por su parte, la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto preceptúa que para el pago de sus obligaciones las entidades públicas destinan hasta el 5 por ciento de sus recursos anuales. Es una limitación, sin duda, pero también una exigencia que deberían cumplir aquellos servidores del Estado que se niegan no sólo a honrar sus deudas sino también a incluirlas dentro de esta partida con lo que en múltiples ocasiones condenan a sus acreedores a la quiebra.
Las autoridades manifiestan su preocupación por el bajo número de postores que se presentan en las licitaciones que convocan las reparticiones de la administración pública y modifican y promulgan nuevas leyes con el objeto de fomentar una mayor participación y una mayor competencia, sin advertir que muy probablemente ese índice refleja el convencimiento ciudadano de que el Estado no es un buen pagador y que antes de trabajar con el sector público, e intervenir en un proceso que demanda altos costos que no se devuelven, es preferible concentrarse en el sector privado que no expone a tantos riesgos.
Es desalentador comprobar que varios funcionarios aplican, quizás sin proponérselo, esa máxima de triste recordación según la cual las deudas viejas no se pagan y las nuevas se dejan envejecer. Algunos lo hacen conscientes de que si pagan pueden ser acusados de haberse confabulado con el interesado y encontrarse involucrados en otro proceso con el propósito de determinar sus responsabilidades. Otros lo hacen simplemente para no distraer recursos en actividades que no reditúan ningún beneficio político y optan por hacer inversiones electoralmente visibles como construir carreteras, colegios, postas médicas y hospitales.
Lo lamentable es verificar cada año que esos mismos funcionarios no agotan todas sus partidas presupuestales ni pagan sus deudas o disminuyen las que tienen acumuladas que, por si fuera poco, siguen incrementándose con los intereses que deben calcularse hasta la fecha efectiva de pago, detalle que debería alentarlos a matar deudas en lugar de incidir en el perro muerto.
En la eventualidad de que decidan pagar se permiten negociar montos colocándote contra la pared y conminándote a aceptar fuertes deducciones para justificar ante sus principales las razones por las que proceden así, como si no bastara con la deuda misma que nace de una obligación jurídicamente inobjetable.
Una reciente estadística revela que el Estado pierde alrededor del 45 por ciento de las reclamaciones que le entablan sus contratistas. Si esa cifra se sincera y se ajusta para reflejar lo que el Estado finalmente paga, téngase la certeza que no llega al 5 por ciento de lo que pierde, suma que por cierto no constituye ningún mérito.
Quizás los responsables de esta realidad no saben que por no pagar también se puede terminar con los huesos en la cárcel y con una condena que inhabilita para el desempeño de la función pública.

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