El martes 13 se
publicó en el diario oficial la Resolución Directoral 0001-2026-EF-54/01 que
aprueba o introduce modificaciones en un total de diecinueve bases estándar
para diversos procedimientos de selección que se convocan bajo el imperio de la
nueva Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento. Una rápida
revisión de ellas nos revela que por fin se ha atendido el reiterado reclamo
que venimos formulando desde hace varios años elevándose el plazo de vigencia
de las denominadas constancias que acreditan las prestaciones que estaban
limitadas a diez o quince y se han uniformizado en veinticinco años,
exactamente el mismo tiempo de vigencia que tienen los certificados que se
extienden a favor de las personas naturales. Era absolutamente absurdo que una
persona jurídica que asume las responsabilidades por sus trabajos y que
consigue las fianzas no pueda acreditarlos el mismo tiempo que pueden
acreditarlos quienes han formado parte de su personal. En buena hora que se
haya hecho justicia.
viernes, 16 de enero de 2026
Se eleva a 25 años el plazo de vigencia de las constancias de la prestación
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