El concurso oferta es una modalidad de contratación en la que el postor oferta tanto el expediente técnico como la ejecución de una obra y, en ocasiones, hasta el terreno en el que se ha de construir, dentro de un plazo que también propone, según la definición más aceptable, recogida en parte en el artículo 1.2.32 del antiguo Reglamento Unico de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo 034-80-VC y derogado por la primigenia Ley 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El artículo 41 del vigente Reglamento de la Ley de Contrataciones, reconoce dos modalidades de ejecución contractual para el caso de bienes u obras: llave en mano y concurso oferta.
En el contrato llave en mano el postor oferta en conjunto la construcción, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra, pudiendo incluir el expediente técnico, y en el caso de bienes, además de lo señalado, el postor también oferta instalación y puesta en funcionamiento. En el concurso oferta el postor no oferta equipamiento ni montaje. El artículo 41, sin embargo, subraya que esta modalidad sólo podrá aplicarse en la ejecución de obras que se convoquen bajo el sistema a suma alzada y siempre que el valor referencial corresponda a una licitación pública. Luego añade que para la ejecución de la obra es un requisito previo la presentación y aprobación del expediente técnico por el íntegro de ella.
Ambos agregados son importantes. De un lado, porque evitan que el costo de un contrato derivado de un concurso oferta pueda desbordarse, una situación que es muy frecuente en los denominados proyectos integrales o en otras formas de contratación que no están subordinadas a la legislación específica sobre contratación pública. Del otro, porque amarran el inicio de las obras a la previa terminación y aprobación de sus estudios definitivos con lo que finalmente se asegura que los precios no se disparen.
Es cierto que puede parecer un contrasentido exigir este requisito para una modalidad que está pensada para una ejecución paralela tanto del expediente como de la obra. No menos cierto es que, dentro de ese contexto, se puede fragmentar la obra por tramos o etapas de manera que se inicie la ejecución de una parte que cuente con sus estudios debidamente aprobados y así sucesivamente.
En garantía de las obras el mismo artículo 41 preceptúa que cuando deba elaborarse el expediente técnico y ejecutarse la obra, el postor debe acreditar su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores como ejecutor y como consultor de obras. Como no es usual ni recomendable que un mismo contratista tenga ambas inscripciones, el dispositivo lo faculta a hacer esta acreditación de manera individual o a través de la conformación de un consorcio con el que tendría que participar en el respectivo proceso de selección.
El artículo 10 del Reglamento establece que en la modalidad de concurso oferta no se requiere expediente técnico pues basta con anexar dentro del expediente de contratación el estudio de preinversión y el informe técnico que sustentó la declaratoria de viabilidad, conforme al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). En el caso de obras bajo la modalidad de llave en mano, si éstas incluyen la elaboración del expediente técnico, también basta con adjuntar los mismos documentos.
En el concurso oferta por lo general la elaboración del estudio definitivo es parte de las actividades que debe desarrollar el contratista seleccionado quien, a menudo, no es especialista en estas tareas, por cuanto su experiencia está concentrada en la ejecución misma de las obras.
El contrato que nace de un concurso oferta reserva una etapa, siempre muy breve, para la elaboración del estudio definitivo a efectos de emprender de inmediato la ejecución de las obras. En la mayoría de los casos, empero, ese tiempo resulta muy escaso y los estudios, cuando no son adecuadamente supervisados, por la falta de experiencia de quienes los elaboran, deben rehacerse constantemente hasta alcanzar un nivel de optimización aceptable, con lo que se comienzan a presentar los primeros indicios de atrasos que tienden a extenderse más adelante, desvirtuando el propósito de esta modalidad de ejecución contractual que se está utilizando a menudo en los últimos años pese a que las normas sobre contratación pública en un principio pretendieron minimizarlo en consideración al hecho de que trastocan el curso regular de todo proceso de ejecución de obras que sólo puede emprenderse, como lo indica cualquier manual, cuando ha concluido y está aprobado el respectivo estudio definitivo.
Existe la creencia de que el concurso oferta acelera el proceso de contratación y permite una muy rápida ejecución de las obras que es precisamente lo que la hora actual demanda. Sin embargo, la realidad no es necesariamente esa, salvo que todo el proceso sea muy bien supervisado. La modalidad tiende a fomentar que un mismo contratista se encargue de la ejecución y de la elaboración del expediente técnico, lo que no parece correcto, salvo que se trate de un consorcio, porque son disciplinas totalmente distintas y con inte-reses, de ordinario, igualmente distintos.
domingo, 30 de mayo de 2010
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Ante todo un Saludo.
ResponderEliminar1.-Se pueden dar Adicionales en estos tipos de procesos?
2.-Se dan Reajustes?
3.-Se puede dar ampliaciones de plazos? (se sabe que en este caso el postor realiza el expediente por ende contempla por ejemplo los periodos de lluvias u otros)
NO SE PUEDE DAR ADICIONALES YA QUE EL EJECUTOR ES EL MISMO RESPONSABLE DE ELABORAR EL EXPEDIENTE
EliminarEn el caso de que el Contratista no haya participado en la Elaboración del Expediente Técnico se puede dar un Adicional de obra por partidas no consideradas en el Expediente Técnico ya que es una obra con el sistema de contratación a suma alzada bajo la modalidad de llave en mano. Ejecución de Infraestructura Educativa, Pozo Tubular y Capacitación a los docentes.
EliminarDe acuerdo a la información proporcionada, la adquisición de terreno solo esta contemplada en el Concurso Oferta mas no en Llave en Mano.
ResponderEliminarpiensa por que si y por que no y tendrás la respuesta
EliminarEn la modalidad concurso oferta, cuáles serían los parámetros para realizar la primera valorización, porque se supone que el Expediente Técnico está en elaboración? o a caso se toma en cuenta el avance de obra con el perfil en mano?
ResponderEliminarEN LA MODALIDAD DE CONCURSO OFERTA EL CONTRATO CONTEMPLA DOS PROCESOS, EL PRIMERO QUE CONTEMPLA LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Y POSTERIORMENTE LA EJECUCION DE LA OBAR, POR LO QUE LAS VALORIZACIONES POR LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE DEBERAN ESTAR ESTABLECIIDAS EN LAS BASES.
EliminarDE ACUERDO A LA INFORMACION, QUE PLAZO TENGO PARA SOLICITAR ADELANTO DIRECTO EN ESTA MODALIDAD DE CONCURSO OFERTA, Y QUE REQUISITOS TENGO QUE PRESENTAR.
ResponderEliminarLOS PLAZOS SE TENDRAN QUE HABER INDICADO EN LAS BASES INTEGRADAS Y/O EL CONTRATO, EL PLAZO DE INICIO DE LA OBRA POR A SUMA ALZADA SE DA CUMPLIENDO EL ART 184 DEL DS N° 138-2012-EF
EliminarEL MONTO TOTAL DEL EXPEDIENTE TECNICO PUEDE SER MAYOR AL MONTO CONTRATADO EN ESTA MODALIDAD DE CONCURSO OFERTA.
ResponderEliminarEL MONTO DEBE CEÑIRSE AL CONTRATADO
EliminarActualmente, en las Licitaciones Públicas las bases del concurso Oferta consideran Terminos de Referencia para la consultoría de la elaboración del expediente Técnico y para el ejecutor de la Obra. En ambos es diferente la calificación del personal propuesto.
ResponderEliminar¿¿¿Puede convocarse en LP Concurso Oferta, una etapa del proyecto, incuido la elaboracion del exp. tec. por el monto de esa etapa ... conociendo el valor de la inversion total en el PIP?????....
ResponderEliminarExcelente este Blog. Estoy desarrollando una investigación de maestría sobre la Modalidad de Ejecución Contractual "Concurso Oferta", por favor enviarme toda la información relacionada a este blog o a mi correo: samuelrequenah@hotmail.com
ResponderEliminarEstoy seguro que esta investigación contribuirá en las próximas modificaciones de la LCE. Saludos.
En un concurso oferta, cuando se computa el inicio del plazo para la ejecución de la obra?
ResponderEliminarDeseo saber si en la modalidad Llave en mano se permite ajuste de precios en la elaboración del Expediente Técnico respecto del monto de contratación.
ResponderEliminarEn esta modalidad de concurso oferta a suma alzada, cuando se tiene una partida que el presupuesto tiene mayor metrado de los real ejecutado, amerita un deductivo??
ResponderEliminarsugiero elaborar un trabajo jerarquizando los aspectos normativos y legales, para la contratación de consultoria y ejecución de obras publicas, que faciliten su aplicación en todas las instancias y no dejar las normas y leyes desparramadas que hacen que los involucrados en casos no se enteren y lo único que les preocupa es ganar aun cuando las cosas no se hacen como deben. hacerse
ResponderEliminarSI SE SOLICITA LA COMPRA DE UN DESLIZADOR EQUIPADO, QUE CUENTA CON TIMON INSTALACIONES ELECTRICAS, CABLEADO DE DIRECCION ENTRE OTROS, MENOS EL MOTOR, SE PUEDE DENOMINAR LLAVE EN MANO?
ResponderEliminarLa ejecución llave en mano para el caso de obras está pensado en aquellas infraestructuras con alguna clase de maquinaria o equipamiento empotrada en ella, como una hidroeléctrica. llave en mano implica entregar operativa la infraestructura.
EliminarLa modalidad llave en mano es aplicable en la ejecución de todo tipo de obras, o la obra o proyecto debe tener ciertas características. Existe alguna norma que regula.
ResponderEliminarLa modalidad llave en mano es aplicable en la ejecución de todo tipo de obras, o la obra o proyecto debe tener ciertas características. Existe alguna norma que regula.
ResponderEliminarcual es la diferencia entre contr<to llave en mano y concurso oferta
ResponderEliminarEN UN PROYECTO LLAVE EN MANO SI YA TE DIERON LA ORDEN DE SERVICIO Y YA INICIANDO TE RECORTAN EL METRADO QUE HACES CON LOS GASTOS GENERALES ¿YA NO CONVIENE O ACTUALIZO PRECIOS?
ResponderEliminarTengo a cargo un proyecto y tengo un dilema sobre estos asientos que presento a continuación:
ResponderEliminarAsiento Nº 079 – De la Supervisión 10/02/2017
Asunto: RFI 64 – Cambio de Cemento Tipo 5 por IP
De acuerdo al Presupuesto en el Item:
02.01.01.03.03.03: Concreto Pre Mezclado en el que Slump 4” – 6” con cemento tipo V f’c: 210 Kg/cm2 para pedestales, inc curado con aditivo.
Indica el uso de cemento tipo V, sin embargo, la aprobación por el proyectista Juan Carlos Barreda Rosado de la Empresa VIENA ING. SAC. En el RFI Nº 64 del cambio de cemento tipo V al tipo IP conlleva a un nuevo precio que es menor al precio de esta partida.
Asiento Nº 086 - Del Contratista 16/02/2017
Asunto: Referencia al Asiento Nº 079 - RFI 64 – Cambio de Cemento Tipo 5 por IP
Se indica a la Supervisión que esta Obra es bajo la modalidad de Concurso Oferta, dado que en ellas el Contratista es proyectista y ejecutor de Obra a la vez, por lo que asume entera responsabilidad por su diseño, debiendo asumir económicamente los errores que en él se adviertan.
En consecuencia, en un contrato ejecutado bajo la modalidad de concurso oferta, el contratista asume la responsabilidad total del proyecto. Por lo que no puede haber deductivos ni adicionales de las partidas.
Asiento Nº 093 – De la Supervisión 18/02/2017
Asunto: Respuesta al Asiento Nº 086
Con respuesta a lo indicado en el asiento Nº 086 del día 16/02/2017, podrá ordenarse prestaciones adicionales durante la elaboración del Expediente Técnico de las Obras convocadas bajo la modalidad de Concurso Oferta, siempre que dichas prestaciones adicionales no modifiquen el alcance de la Obra de tal manera que se afecte el monto ofertado por el postor para su ejecución. Así mismo, una vez elaborado el Expediente Técnico definitivo y ante situaciones imprevistas no completadas en el proyecto, podía ordenarse prestaciones adicionales si se advierte que el Contratista debe ejecutar en la Obra menores o mayores prestaciones a las proyectadas, con las limitaciones impuestas por la Ley.
En virtud a lo expuesto, en las obras ejecutadas por Concurso Oferta o llave en mano que impliquen la elaboración del expediente técnico no podrán aprobarse adicionales de obra por defectos o definiciones del expediente técnico, en virtud que el ejecutar de obra es el responsable de su elaboración y, en consecuencia, de los defectos que pudieran presentarse.
También se indican que cualquier modificación al expediente técnico aprobado, es potestad del cliente aprobar cualquier cambio que solicite el contratista, teniendo en cuenta que siempre el beneficio debe ser para el estado ante la misma calidad indique el expediente técnico.
Que puedo contestar????
Tengo servicio de confección de prendas también sé puede aplicar la modalidad llave en mano.y como.gracias por la respuesta
ResponderEliminardoctor tenga de mi parte un gran saludo y a la vez felicitarlo por la gran labor que cumple la pagina soy un egresado que recien esta conociendo este mundo del contratar con el estado y espero conocer mas sobre estos temas nuevamente gracias por la gran labor que realiza
ResponderEliminarBuenos días, el concurso oferta puede ser realizado para la elaboración del perfil y el expediente técnico, excluyendo la ejecución de obra?
ResponderEliminarBuenas tardes, podrían brindarme ejemplos de empresas que realizan este tipo de modalidad .Gracias de antemano
ResponderEliminarconsulta.
ResponderEliminaren un "concurso oferta" de un colegio no puedo considerar equipamiento?????
BUENAS TRADES, EN UN MISMOS CONCURSO OFERTA HAY DOS MODALIDADES UNA ES A SUMA ALZADA (ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO) Y A PRECIOS UNITARIOS (PARA EJECUCIÓN DE LA OBRA). LA CONSULTA ES: SI EL CONTRATISTA OFERTO P.U EN LOS CUALES HAY SUB PARTIDAS Y PRECIOS DE INSUMOS OFERTADOS, ESTE PODRIA USAR OTROS PRECIOS DEL MISMO INSUMO EN PARTIDAS NUEVAS O DEBERÁ USAR LOS PRECIOS DE INSUMOS OFERTADOS. MI CORREO ES USURINJUAN@HOTMAIL.COM
ResponderEliminarbuenas tardes por favor si la respuesta enviar al correo con pronunciamiento u opinon del 2012, Es valido como experiencia en obras en general un anterior contrato ejecutado bajo la modalidad de concurso oferta la elaboracion de expediente tecnico y ejecucion de obra...alguna opinion o directiva 2012 a anterior.Gracias
ResponderEliminaral correo edgaret2018@gmail.com..gracias..
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