DE LUNES A LUNES
La congresista
independiente Yeni Vilcatoma de la Cruz ha presentado el pasado lunes 22 de
mayo un proyecto de ley para agregar un nuevo literal al artículo 11 de la Ley
de Contrataciones del Estado 30225, relativo a los impedidos para participar en
los procedimientos de selección, de ser postores, contratistas y
subcontratistas. La propuesta incorpora dentro de las prohibiciones a “las
personas naturales o jurídicas que se encuentren siendo investigadas por
delitos contra la Administración Pública y/o [de] Lavado de Activos.”
El Proyecto
1435/2016-CR, en efecto, adiciona el literal r) al numeral 11.1 del artículo
11, en los términos señalados con el declarado objeto de hacerle frente de
manera frontal a la corrupción que afecta la legitimidad de las instituciones
públicas, atenta contra el orden público y el sistema jurídico en su conjunto,
erosiona los cimientos de toda sociedad democrática y vulnera la libre y leal
competencia ocasionando distorsiones en el desarrollo del país, según se
anuncia en la exposición de motivos que se acompaña a la iniciativa.
El documento
destaca que la corrupción afecta la debida utilización de los recursos sociales
y lesiona los principios esenciales de la administración pública, los intereses
generales, la actuación imparcial e interdicción de la arbitrariedad. Se añade
que el país vive tiempos álgidos con una corrupción extendida e
institucionalizada, razón por la que hay que “establecer medidas que cautelen
justamente los intereses de los ciudadanos, como fin supremo de la sociedad.”
Se subraya que la
corrupción muestra una “realidad descarnada” que ataca al gobierno central así
como a los gobiernos regionales y locales perpetrando delitos contra la
administración pública y de lavado de activos, “ya que con la finalidad de
obtener licitaciones o concesiones de distintos proyectos de carreteras, obras
públicas, habrían entregado grandes sumas de dinero a cambio de ser favorecidos
en dichas obras.”
La congresista
recuerda los innumerables casos de corrupción en los que están involucrados
gobernadores regionales, empresas y particulares que, sin embargo, siguen
contratando con el Estado, lo que revela una señal de eminente impunidad que se
expresa con casos recientes en los que la Corte Suprema ha absuelto a una
autoridad sentenciada a cinco años de prisión efectiva por delito contra la
administración pública, en la modalidad de negociación incompatible y
aprovechamiento indebido del cargo. Otra autoridad, condenada por el delito de
colusión, ha sido puesta en libertad después de que la Sala de Apelaciones
dispuso revocar la sentencia de seis años de pena privativa que se le había
impuesto, declarando nulo el proceso. Con esos antecedentes, se concluye que
vivimos tiempos de terrible y manifiesta impunidad.
El proyecto
admite que toda persona es inocente mientras no se haya declarado judicialmente
su responsabilidad. Ello, no obstante, estima que la actualidad exige que se
pondere adecuadamente este principio y se cautelen los fondos públicos que son
de todos los peruanos a fin de que la impunidad no se imponga. Con tales fundamentos,
se plantea que si una persona natural o jurídica se encuentra investigada
“deberá estar impedida para contratar con el Estado, en tanto se resuelva su
situación jurídica.”
Lo que la
parlamentaria identifica como presunción de inocencia es nada menos que un
precepto consagrado en la Constitución Política del Estado, específicamente en
el literal e) del numeral 24 del artículo 2. Lo que el proyecto propone es,
independientemente de cualquier otra consideración, colisionar con la
Constitución y eso es, en primer término, imposible desde todo punto de vista.
En segundo lugar,
la congresista Vilcatoma y los representantes que han acompañado con su firma
el proyecto, como Marco Enrique Miyashiro Arashiro, Luis Alberto Yika García,
Francisco Javier Villavicencio Cárdenas y Clayton Flavio Galván Vento, deberían
recordar que disposiciones similares a la planteada –sin llegar a vulnerar
ningún mandato constitucional– se han ensayado en el pasado con nefastas
consecuencias porque han sido utilizadas para que algunos postores perpetren
otros delitos confabulándose con determinadas entidades para eliminar a algunos
competidores incómodos a los que se les impide, con diversos artilugios,
intervenir en ciertos procedimientos de selección.
En el afán de
combatir a la corrupción se puede terminar fomentando de esta manera más
corrupción. Estamos seguros que eso no es lo que quieren ni la congresista
Vilcatoma ni sus colegas que la han respaldado. El objetivo es comprensible,
pero la fórmula es inviable.
EL EDITOR
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