domingo, 10 de enero de 2016

Vigencia y aplicación del nuevo marco normativo

El lunes 4 de enero se publicó un comunicado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado con el que se pone en conocimiento de la ciudadanía que el 9 de enero entra en vigencia la Ley de Contrataciones del Estado 30225 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 350-2015-EF. Como el 9 es sábado nosotros estimamos que para todo efecto práctico ambas normas entran en vigencia el lunes 11. Pero el tema es irrelevante habida cuenta que ninguna entidad convoca ningún procedimiento el fin de semana.
El pronunciamiento informa que el OSCE aprobará todas las Directivas y Bases Estandarizadas que el nuevo marco legislativo exige y que ellas se difundirán a través de su portal institucional. Se destaca que los procesos de selección convocados bajo el imperio del Decreto Legislativo 1017 continuarán su trámite con esa normativa hasta que terminen, incluidos aquellos que se declararon desiertos y que por tanto, aunque no lo dice el comunicado, deberán convocarse de nuevo cuando ya esté vigente la nueva LCE, situación que no afectará su regulación en el entendido de que tales procesos se originaron al amparo de la Ley anterior y con ella deberán seguir hasta el final.
En cuanto a los medios de solución de controversias previstos en el artículo 45 de la nueva Ley, el OSCE advierte que son aplicables a los casos que surjan en los contratos derivados de los procedimientos de selección que se convoquen a partir del 9 de enero, fecha en que entra en vigencia el nuevo ordenamiento legal.
El documento indica que las infracciones éticas de los árbitros y las sanciones “resultan aplicables a las infracciones cometidas desde la entrada en vigencia de la LCE, a pesar que las controversias correspondan a un contrato derivado de un proceso de selección convocado antes de su vigencia.”

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