domingo, 28 de febrero de 2016

La directiva sobre registros arbitrales todavía no entra en vigencia

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado modificó la disposición final de la Directiva que regula los Registros Nacionales de Árbitros y de Secretarios Arbitrales, a través de la Resolución 071-2016-OSCE/PRE de fecha 18 de febrero.
Mediante la Resolución 024-2016-OSCE/PRE publicada en el diario oficial el 12 de enero del 2016 se aprobó la Directiva 017-2016-OSCE/PRE (PROPUESTA 451) indicándose en su disposición final que entraría en vigencia a los treinta días calendario de su publicación en El Peruano.
La Dirección Técnico Normativa, en su Informe 028-2016/DTN, propuso que se modifique esa disposición final a fin de que el plazo de treinta días para que entre en vigencia la Directiva se compute a partir de la fecha de publicación de la resolución que apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del OSCE en el diario oficial.
Ese planteamiento fue aprobado por el Consejo Directivo según el Acuerdo 001-007-2016/OSCE-CD el 17 de febrero último y publicado al día siguiente luego de recabar el visto bueno de la propia Dirección Técnico Normativa, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General.

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