domingo, 10 de agosto de 2014

Congreso en el Cusco

Del Instituto Peruano de Arbitraje

El jueves 7 y viernes 8 se realizó en el Cusco un nuevo Congreso Regional de Arbitraje organizado por el Instituto Peruano de Arbitraje que preside el doctor Carlos Soto, el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio del Cusco y el Capítulo Peruano del Club Español de Arbitraje.
El evento se desarrolló en el auditorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito con una nutrida asistencia. Se abordaron temas vinculados a distintas cuestiones prácticas que se suscitan en el arbitraje. El primer día se trató sobre la redacción de las cláusulas arbitrajes, sobre instituciones arbitrales, sobre tribunales y sobre demandas y contestaciones. El segundo día se discutió sobre hechos y pruebas, sobre el principio del iura novit curia, sobre el laudo arbitral y sobre la liquidación de costas y costos en el arbitraje que, pese a lo que se podría pensar, terminó siendo uno de los tópicos más interesantes.
Nuestro editor participó en el panel que debatió sobre las formas de elegir un buen tribunal arbitral. En una de sus intervenciones se mostró favorable, para el caso de un tribunal colegiado, a la designación cruzada de árbitros en cuya virtud cada parte propone una lista de un número determinado de árbitros a efectos de que la otra parte elija de entre ellos a uno para que, posteriormente, los dos árbitros así nombrados elijan de común acuerdo al tercero que presidirá el tribunal. De esa manera, los árbitros de parte le deben su designación a ambas partes, a la que los incluye en la lista y a la que los elige de la lista.
Señaló igualmente que lo más importante es respetar en lo posible la voluntad de las partes y evitar trasladar la designación al ámbito de la competencia de un tercero, sea éste un centro arbitral o una institución de cualquier otra índole a la que se le puede confiar esta tarea sólo en defecto de las partes.
Sustentó su desacuerdo con la forma tradicional de designar árbitros en la que cada parte designa uno y éstos al presidente, en el hecho de que los árbitros de parte se conducen, en la mayoría de los casos, como abogados de parte dentro del tribunal. Dijo que “si vas a tener dos abogados, uno dentro y otro fuera del tribunal, mejor ahorrarse el doble gasto, tener uno solo y prescindir por lo menos de dos árbitros y confiar la resolución de la controversia en un árbitro único.”

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