domingo, 1 de julio de 2012

Nuevas medidas para dinamizar la economía


Permitir que se contrate directamente a las universidades
es de alto riesgo y abiertamente inconstitucional

El martes 26 se publicó el Decreto de Urgencia Nº 016-2012 con medidas extraordinarias en materia económica y financiera destinadas a mantener y promover el dinamismo de la economía nacional para hacer frente a la desaceleración del crecimiento mundial, el deterioro de las condiciones financieras, la mayor incertidumbre en los mercados y el agravamiento de la crisis europea. La idea es atender a los sectores más vulnerables con inversión pública, gasto social y apoyo a la producción y, de paso, combatir la caída de los precios internacionales de los principales productos de exportación.


La norma advierte que el mayor deterioro de la economía mundial y sus menores perspectivas de crecimiento generan una serie de riesgos sobre el desempeño de la economía peruana y podrían impactar a través de una caída de los términos de intercambio, menores volúmenes exportados, contracción de los flujos de capitales, un mayor costo del financiamiento, y, por tanto, un menor ritmo de crecimiento del PBI, afectando al sector productivo, la generación de empleo y a la población más vulnerable.

En lo que respecta a la inversión pública el decreto autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a reorientar recursos cuya etapa de ejecución no podrá ser concluida este año para dar cobertura a gastos prioritarios en las zonas del Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE), de pobreza extrema o rural. Autoriza también a hacer modificaciones presupuestarias en los pliegos de Educación, Agricultura, Salud y Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de los gobiernos regionales y locales así como a realizar transferencias financieras entre este último sector y las entidades prestadoras de servicios de saneamiento. Autoriza igualmente a los gobiernos regionales a suscribir convenios de financiamiento de proyectos con los gobiernos locales.

También exonera al Ministerio de Defensa de limitaciones presupuestales con la finalidad de financiar parcialmente los gastos operativos de las Fuerzas Armadas hasta por la suma de 60 millones de nuevos soles. Faculta igualmente a las entidades públicas a contratar, con un proceso especial, la ejecución de obras hasta el 31 de diciembre, siempre que tengan su respectiva declaración de viabilidad y su valor referencial nos sea mayor de 15 millones de nuevos soles.

El decreto autoriza otra transferencia del MTC a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), por más de 19 millones de nuevos soles para financiar la elaboración de los estudios de pre inversión así como los estudios complementarios del Proyecto “Construcción e Implementación de la Línea Este Oeste, Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima – Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao.

Faculta asimismo a las entidades a contratar directamente con las universidades públicas la elaboración de estudios de pre inversión, según corresponda, así como la elaboración del expediente técnico y del estudio definitivo, cuando, en razón de su costo de oportunidad, dicha contratación resulte más eficiente y técnicamente viable. No es, esta última una disposición feliz. Parte de una premisa absurda: admitir que la contratación de una entidad a una universidad puede ser “más eficiente y técnicamente viable” que hacer un concurso público y seleccionar a un consultor especializado en la materia. Las universidades están dedicadas a la enseñanza y como parte de ese proceso desarrollan determinadas actividades que pueden alcanzar ciertos niveles profesionales. Confiar la inversión de los recursos públicos para que sean canalizados a través de esas determinadas actividades es de alto riesgo, de pronóstico reservado y abiertamente inconstitucional porque atenta contra el derecho al trabajo y a contratar con fines lícitos, pues un contrato que constitucionalmente debe adjudicarse por concurso pretende prescindir de esta elemental formalidad para ser entregado ni siquiera a quien puede ejecutarlo sin objeción alguna sino a quien lo hará en vía experimental como parte de la formación de sus alumnos que por buenos que fuesen no tendrán la experiencia ni la solvencia que se les exige a los profesionales que forman parte del plantel con que los consultores encaran los encargos que se les confía.

En lo que respecta a la infraestructura la norma autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de FONCODES, para continuar y culminar la ejecución y liquidación del mantenimiento vial y de infraestructura agrícola en un plazo que no exceda del 31 de agosto. Al mismo portafolio se le autoriza a ampliar la cobertura del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres, “Juntos”, a desarrollar las acciones necesarias y a contratar al Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas para garantizar la oportuna atención de los usuarios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria por un monto de 200 millones de nuevos soles, y, por último, a transferir 8 millones y medio de nuevos soles al INEI para el empadronamiento complementario de hogares.

Al Ministerio del Interior lo faculta para continuar y culminar el mantenimiento de las comisarías de la Policía Nacional hasta el 31 de diciembre. En ambos casos se dispone que los saldos de los recursos asignados que no hayan sido ejecutados sean devueltos al tesoro bajo responsabilidad de los titulares de los pliegos y de los directores del FONCODES y de la PNP.

En aplicación del nuevo decreto los gobiernos regionales y locales podrán reorientar los recursos a que se refiere el Decreto Supremo Nº 017-2012-EF para la ejecución de nuevos mantenimientos periódicos y rutinarios de las vías vecinales y departamentales, previo convenio con Provías Descentralizado. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por su parte, queda exonerado de las limitaciones presupuestales con el objeto de que efectúe intervenciones de conservación en la Red Vial Nacional hasta por la suma de 300 millones de nuevos soles y, de otro lado, para que atender las expropiaciones de los inmuebles adyacentes al Aeropuerto Jorge Chávez hasta por la suma de 70 millones de nuevos soles.

En materia de educación superior el Decreto de Urgencia Nº 016-2012 dispone que la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros calcule los montos del canon correspondiente a las universidades públicas para que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público para su entrega directa según los procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería.

Se autoriza al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a efectuar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias hasta por más de 34 millones de nuevos soles para el incremento de raciones alimenticias, para la adquisición de medicinas para los internos, para el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura penitenciaria y cerca de 2 millones de nuevos soles de esa partida para la prórroga de algunos contratos de personal.

Se prorrogan disposiciones a favor del Programa Integral de Nutrición y del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual. Se autoriza al Programa Nacional “Cuna Más” a ejecutar el servicio de wawa wasi a nivel nacional durante el ejercicio 2012.

Se incrementa la ración del personal militar y la asignación especial a favor de los pensionistas que sufren invalidez y se dispone que el pago de la asignación especial a favor de los pensionistas de la PNP será asumido por la Caja de Pensiones Militar Policial, CPMP, así como los aguinaldos por fiestas patrias y navidad y la bonificación extraordinaria para pensionistas militares y policías.

También se amplía la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 a efectos de culminar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores. Se dispone que la participación a que hace referencia el artículo 3º de este último decreto, incluye a aquellas empresas que demuestre y acrediten la producción articulada, según la definición que aprobará el Ministerio de la Producción, con no menos de 5 MYPES para la confección o fabricación de bienes o prendas.

Se incorpora dentro del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL) el apoyo al desarrollo productivo de las zonas comprendidas en el ámbito de VRAE y la prevención de desastres. Igualmente se amplía hasta el 31 de diciembre el plazo para acogerse al Fondo de Garantía Empresarial (FOGEM) creado por el Decreto de Urgencia Nº 024-2009 y modificado por el Decreto de Urgencia Nº 058-2011.

Finalmente se autoriza la incorporación de recursos vía crédito suplementario hasta por más de 2 mil 72 millones de nuevos soles de acuerdo al detalle que el propio decreto precisa, no sin antes encargarle a la Contraloría General de la República la verificación de la correcta aplicación de este nuevo Decreto de Urgencia y disponer que las entidades elaboren y publiquen un informe final sobre las acciones ejecutadas en ese propósito.

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