domingo, 8 de agosto de 2021

El arbitraje descongestiona la carga procesal del Poder Judicial

 El nuevo ministro de Justicia Aníbal Torres Vásquez ha declarado, al asumir sus funciones, que continuará con la labor desarrollada por su antecesor Eduardo Vega Luna poniendo énfasis en la necesidad de agilizar la administración de justicia que en el país ha colapsado y es demasiado lenta. Como prueba de su colapso mencionó que cuando una persona es cogida en flagrancia es puesta en libertad de inmediato para que siga cometiendo otros delitos. El derecho penal no está para promover el delito sino para desalentarlo, aseveró con toda razón.

También se preguntó los motivos por las que un desalojo por vencimiento de contrato toma varios años cuando en una diligencia de menos de una hora podría resolverse el litigio. No lo dijo, pero es fácil colegir, que la conclusión es que, en este caso, el derecho civil no está para apañar al inquilino moroso sino para proteger al propietario engañado que cuenta mensualmente con el ingreso que ese arrendamiento le proporciona.

Aseguró que respetará la independencia de todos los organismos pero que trabajará coordinadamente con el Poder Judicial, con el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, la Junta Nacional de Justicia, en armonía con lo dispuesto en la Constitución Política, con el objeto de superar las dificultades y de exigir el cumplimiento de las leyes que son obligatorias para todos, sin discriminación alguna porque todos somos iguales.

En este contexto está claro que el arbitraje, como jurisdicción alternativa de solución de controversias, constitucionalmente reconocida, es una opción perfectamente válida para descongestionar la carga procesal del Poder Judicial para resolver los conflictos de las partes que libremente se sometan a ella así como para resolver las diferencias que se suscitan en la ejecución de los contratos que suscriben las entidades del Estado con sus proveedores en aplicación de la Ley 30225 y su Reglamento, que incorporó este forma de arreglar las reclamaciones que desde entonces encontraron una vía rápida y eficaz de canalizarse.

No puede escapar de este análisis el hecho cierto de que en los arbitrajes de inversión al Perú le va de lo mejor. Baste indicar que frente a contingencias de más de 50 mil millones de dólares ha obtenido en los últimos años resultados favorables en más de una docena de casos demandados en el marco de los tratados de libre comercio, ratificando una sólida trayectoria internacional liderada por la Comisión Especial que representa al Estado en esta clase de controversias que lidera el ministerio de Economía y Finanzas y que coordina la defensa con importantes estudios de abogados especializados.

Esos mismos resultados podrían traslaparse a los arbitrajes en contratación pública si se sincera el número de procesos, se evita que los conflictos escalen y se concilian posiciones en etapas tempranas cuando la controversia todavía recién está gestándose. Eso significa desalentar la continuación de aquellos litigios en los que no hay forma de lograr el éxito, propiciar otras fórmulas de solución de conflictos tales como la negociación asistida, la mediación o la junta de resolución de disputas pero por sobre todo mejorando los expedientes técnicos con los que se convoca la ejecución de obras, eliminando los plazos perentorios para iniciar los reclamos, empoderando a los funcionarios públicos para que puedan tomar decisiones sin temor a las represalias, permitiendo la participación como árbitros de destacados profesionales y transparentando todo el proceso e impidiendo la elección reiterada de los mismos árbitros.

Pensar en retroceder todo lo andado en esta materia es absolutamente imposible. (RG)

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