El
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ha difundido un aviso con
el que pone en conocimiento de entidades y proveedores que, según un comunicado
publicado en el diario oficial El Peruano, en las licitaciones, concursos y
procedimientos de adjudicación simplificada para la contratación de bienes,
servicios y obras que se convoquen a partir del lunes 27 de agosto, las
consultas y observaciones que formulen los proveedores deberán efectuarse de
manera obligatoria en forma electrónica a través del SEACE. Desde esa fecha no
será válida su remisión física. La absolución de esas consultas y observaciones
también se hará en forma electrónica a través de la funcionalidad prevista para
el efecto.
En
el referido comunicado el OSCE recuerda a las entidades que se encuentran bajo
su ámbito y a los proveedores del Estado que de conformidad con el artículo
48.2 de la Ley de Contrataciones del Estado 30225 está autorizado para
establecer la forma en que se aplicará progresiva y obligatoriamente las
contrataciones electrónicas a todos los métodos previstos en la norma.
El
artículo 252 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo
350-2015-EF, a su turno, dispone que los procedimientos de selección que se
realizan en forma electrónica se desarrollen íntegramente a través del SEACE.
En
la Directiva 015-2017-OSCE/CD se ha dispuesto que el OSCE defina la oportunidad
a partir de la que será obligatorio realizar la formulación de consultas y
observaciones en forma electrónica en los procedimientos de selección distintos
a las adjudicaciones simplificadas que convoquen las entidades y que ella
regula.
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