miércoles, 22 de agosto de 2018

Consultas y observaciones electrónicas


El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ha difundido un aviso con el que pone en conocimiento de entidades y proveedores que, según un comunicado publicado en el diario oficial El Peruano, en las licitaciones, concursos y procedimientos de adjudicación simplificada para la contratación de bienes, servicios y obras que se convoquen a partir del lunes 27 de agosto, las consultas y observaciones que formulen los proveedores deberán efectuarse de manera obligatoria en forma electrónica a través del SEACE. Desde esa fecha no será válida su remisión física. La absolución de esas consultas y observaciones también se hará en forma electrónica a través de la funcionalidad prevista para el efecto.
En el referido comunicado el OSCE recuerda a las entidades que se encuentran bajo su ámbito y a los proveedores del Estado que de conformidad con el artículo 48.2 de la Ley de Contrataciones del Estado 30225 está autorizado para establecer la forma en que se aplicará progresiva y obligatoriamente las contrataciones electrónicas a todos los métodos previstos en la norma.
El artículo 252 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo 350-2015-EF, a su turno, dispone que los procedimientos de selección que se realizan en forma electrónica se desarrollen íntegramente a través del SEACE.
En la Directiva 015-2017-OSCE/CD se ha dispuesto que el OSCE defina la oportunidad a partir de la que será obligatorio realizar la formulación de consultas y observaciones en forma electrónica en los procedimientos de selección distintos a las adjudicaciones simplificadas que convoquen las entidades y que ella regula.

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