domingo, 2 de julio de 2017

El arbitraje en el Colegio de Abogados de Lima

El martes pasado se realizó en el auditorio José León Barandiarán del Ilustre Colegio de Abogados de Lima un seminario destinado a abordar la situación actual del arbitraje en el Perú organizado por la Dirección Académica y de Promoción Cultural de este gremio conjuntamente con el Centro de Altos Estudios Peruanos e Interculturales Patmos.
El evento fue inaugurado por el doctor Elías Mendoza Habersperger, ex presidente del Congreso de la República, ex ministro de Justicia y destacado miembro del foro quien presidió además la primera mesa en la que expusieron los doctores Jaime David Abanto Torres, Jorge Abel Ruiz Bautista, Julio Martín Wong Abad y Carlos Castillo Rafael. En la segunda mesa intervinieron la doctora Lourdes Flores Nano y los doctores Fernando Vidal Ramírez, Alberto Retamozo Linares y nuestro editor Ricardo Gandolfo Cortés.
Frente a los acontecimientos más recientes que, para algunos observadores, ponen en tela de juicio la idoneidad del arbitraje para resolver las controversias que se suscitan entre el Estado y sus proveedores, se plantearon distintas acciones. Para unos, es indispensable exigir mayores requisitos para quienes quieran desempeñarse como árbitros en esta clase de procesos en el entendido de no pueden aplicarse las normas que regulan la solución de conflictos entre particulares a aquellos en los que interviene el Estado.
Para otros, entre los que se encuentra nuestro editor, no hay que recargar de regulaciones al arbitraje porque fue precisamente ese exceso uno de los motivos por los que en 1997, al elaborar el proyecto de la primera Ley de Contrataciones del Estado, incorporó el arbitraje como medio obligatorio de solución de esta clase de discrepancias. Las sacó de la competencia del Poder Judicial y las remitió a la jurisdicción arbitral con el propósito de que sea más rápida y eficaz pero también de que sea menos burocrática. Si se continúa proponiendo más exigencias lo que se va a lograr no es más transparencia ni más equidad. Se va a conseguir que esta vía arbitral se parezca cada vez más a la vía judicial de donde justamente se la retiró, con todas sus virtudes pero también con todos sus defectos.
Nuestro editor solicitó que se distinga claramente lo que es el arbitraje de lo que son delitos perpetrados por la confabulación de funcionarios públicos, contratistas y árbitros que buscan inventar deudas y obligaciones con el propósito de dilapidar los fondos del tesoro. Esas asociaciones ilícitas para delinquir canalizan sus actividades a través del arbitraje, del Poder Judicial y de cualquier otra institución. Hay que perseguirlas, enjuiciarlas y condenarlas con todo el peso de la ley. Pero no confundir a la opinión pública haciéndole creer que el arbitraje es el responsable de esos delitos.
Para fortalecer el arbitraje hay que disminuir la conflictividad de los contratos y sincerar el número de arbitrajes habida cuenta de que sólo el 25 por ciento de ellos corresponden a reales litigios que revelan posiciones contrapuestas. Hay que impulsar la conciliación al amparo de las nuevas normas que invierten la costumbre de dilatar las reclamaciones hasta las últimas consecuencias y priorizan la necesidad de acortarlas y de transar. Igualmente tienen que elaborarse mejores expedientes técnicos y explicar didácticamente que éstos se ajustan durante su ejecución a las exigencias de cada caso, especialmente en obras viales y de saneamiento, razón por la cual sus contratos no pueden suscribirse a suma alzada.
Se deben incorporar las conclusiones a las que arribó la Comisión Presidencial de Integridad que sugirió dotar de máxima transparencia a todo el sistema, impulsar la simplificación administrativa, combatir el lavado de activos y fortalecer la Unidad de Inteligencia Financiera. Finalmente, en opinión de nuestro editor, se debe erradicar la confidencialidad tanto en arbitrajes con el Estado como en arbitrajes comerciales y de inversiones.
Admitió que siempre pensaba que “las cuestiones de los particulares sólo interesan a ellos y las cuestiones del Estado nos interesan a todos” y sobre esa base defendía la tesis de que la reserva y la confidencialidad debían prevalecer en el arbitraje privado y la transparencia en el arbitraje con el Estado. Confesó, sin embargo, haber empezado a creer que la publicidad y la transparencia debe reinar en toda clase de arbitrajes porque aun en los que enfrentan a los particulares es posible que hayan intereses de terceros que se puedan encontrar afectados, como es el caso de los dueños de acciones de empresas que cotizan en bolsa o de accionariado difundido que habrían preferido vender, si hubieran estado informados, antes de que los precios de sus títulos se derrumben.

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