sábado, 30 de marzo de 2024

Evitar que justos paguen por pecadores

PRE DICTAMEN DE LA LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

Este lunes entra a debate en la sesión conjunta de la comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado y de la comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, el pre dictamen de la Ley General de Contrataciones Públicas, que reemplazará a la actual Ley de Contrataciones del Estado, y cuya exposición de motivos ha reproducido nuestras opiniones. No solo es un cambio de nombre sino de algunos detalles más. Se ha elaborado sobre la base del proyecto de Ley 5472/2022-PE que el Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la República el 23 de junio del año pasado conjuntamente con los proyectos de Ley 5362/2022-CR presentado por la congresista Lady Camones Soriano y 6475/2023-CR presentado por el congresista Alejandro Cavero Alva.

Es oportuno señalar que el pre dictamen ha eliminado el artículo 70 relativo a las infracciones y sanciones administrativas que corresponde imponer a los profesionales del plantel técnico de los proveedores, entre las que se consideraba el incumplimiento de la obligación de prestar servicios a tiempo completo, como residente o supervisor, que es la única que se mantiene; el haberse desempeñado como proyectista o equivalente en el plantel técnico de un proveedor sancionado por haber elaborado un expediente técnico con deficiencias o por no haber absuelto las consultas ocasionando el retraso de la obra; por haber supervisado una obras faltando al deber de velar por su correcta ejecución técnica, económica y administrativa ocasionando un perjuicio a la entidad; y por presentar documentos falsos o adulterados o información inexacta a los proveedores o contratistas para que sean presentados a la entidad sancionada por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Esto último es lo más importante habida cuenta de que la mayoría de los procedimientos sancionadores que el Tribunal resuelve se generan precisamente en la presentación de documentación falsa, adulterada o con información inexacta que algunos profesionales, convocados para integrar los planteles que se proponen como parte de las propuestas, de buena o mala fe introducen en sus currículums a efectos de no perder la oportunidad de lograr un puesto de trabajo. En la actualidad pese a que son descubiertos, se sanciona al proveedor que los presenta pero a ellos no se los sanciona con lo que continúan sorprendiendo a otros contratistas.

Si se incorpora la posibilidad de sancionarlos disminuirán considerablemente los procedimientos sancionadores y más postores participarán en los procedimientos de selección. Esta omisión grave debe solucionarse a la brevedad para evitar que justos terminen pagando por pecadores. (RG)

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