domingo, 10 de diciembre de 2017

Hay que separar la paja del trigo

DE LUNES A LUNES

El congresista Víctor Andrés García Belaunde ha presentado, el martes 5, el Proyecto de Ley 2208/2017-CR con el declarado propósito de garantizar la seguridad jurídica, los costos y los beneficios del Estado en el marco de los contratos de concesión de obras de infraestructura y de servicios públicos que celebra. En ese propósito modifica el Texto Único Ordenado de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas, convirtiendo en vinculante la opinión previa que debe emitir el organismo regulador competente sobre cada proyecto, reduciendo de sesenta a treinta años el plazo máximo de las concesiones y abriendo la posibilidad de que éste pueda ampliarse o renovarse siempre que se cuente con un sustento técnico económico refrendado por el titular del respectivo sector.
Adicionalmente la iniciativa plantea agregar tres párrafos al artículo 23.1, relativo a las modificaciones contractuales. El primero dispone que los contratos de concesión de cualquier obra o servicio público, celebrados por el Estado, a través de cualquier entidad pública, con el sector privado, que requieran algún ajuste o alguna adenda, deben contar con un informe técnico legal y con el respectivo análisis costo beneficio y, si fuera el caso, con el respectivo estudio de impacto ambiental que lo sustente, a cargo de la entidad pública correspondiente.
El segundo párrafo estipula que tales documentos deben publicarse en el portal de transparencia de la entidad que haya celebrado los contratos quince días antes de la suscripción de las modificaciones o adendas. De no contar con esa facilidad, la entidad deberá asegurar, mediante otro medio idóneo, que la ciudadanía pueda acceder en forma oportuna a esa información.
El tercer párrafo establece que quien incumpla esta obligación “será denunciado por la comisión del delito previsto en el artículo 377 del Código Penal”, que reprime al funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, con pena privativa de la libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días de multa.
Finalmente el proyecto le asigna un carácter vinculante, que no tenía, al informe previo que debe emitir la Contraloría General de la República sobre la modificación contractual incidiendo en aquellos aspectos que comprometen el crédito o la capacidad financiera del Estado.
El parlamentario precisa que esta iniciativa la ha presentado reiteradamente desde el año 2008 y que no se aprobó ni en el quinquenio 2006-2011 ni en el 2011-2016. Si se hubiera aprobado, no estaríamos lamentando los escándalos y los actos de corrupción y sobornos que involucran a altas autoridades en distintos niveles de gobierno, pues evita, según refiere, el uso desmedido y nada transparente de las famosas adendas que distorsionan el espíritu del contrato original de obras o de servicios públicos.
Según el tratadista argentino Roberto Dromi, citado en la exposición de motivos, el contrato de concesión implica la intervención directa del concesionario en la ejecución de la obra pública por un precio que recupera posteriormente a través de su explotación por un plazo determinado. El concesionario, en ese escenario, actúa por su propia cuenta y riesgo. Su labor es retribuida con el precio o tarifa que pagan los usuarios y/o con subvenciones o garantías otorgadas por el Estado.
La propuesta también se sustenta en un artículo escrito por José Luis Guasch, ex jefe de la Unidad de Expertos Globales en APP del Banco Mundial y profesor de la Universidad de California-San Diego, para quien la incidencia de las adendas en el Perú y en otros países, es abrumadora, destacando que aquí cerca del 80 por ciento de las APP se han renegociado varias veces, siendo el sector Transportes el más impactado. En las 15 APP que tenemos en carreteras, se han firmado 61 adendas. En una de ellas, se han firmado 22 adendas. Las cifras, desde luego, sorprenden y pueden ser aprovechadas para desprestigiar el modelo, exitoso en muchos otros países.
Al margen de los escándalos y actos de corrupción que deben perseguirse y sancionarse con todo el peso de la ley, justo es admitir que hay que separar la paja del trigo. La mayoría de problemas se generan en la elaboración de los estudios previos, de perfil y de factibilidad que por carecer de los recursos necesarios se hacen sin mayor análisis, sin tomar todas las muestras que los manuales recomiendan y sin contrastar adecuadamente en los laboratorios los resultados que se obtienen. No por nada es en carreteras el subsector donde se focalizan los desfases más pronunciados. Es por las deficiencias del expediente técnico que no puede revisar, ni siquiera por aproximación, toda la extensión del terreno sobre el que se ha de construir. Los presupuestos no alcanzan para hacer las perforaciones con la frecuencia que se requiere y por eso mismo las ponderaciones y promedios no reflejan el comportamiento del suelo en su dimensión real. Eso exige correcciones que se traducen en mayores cantidades de fierro y concreto. En resumen: en más dinero.
Con mayores recursos se minimizan estos riesgos pero no se eliminan porque sólo el momento de la ejecución permite medir y verificar con exactitud lo que hay debajo del piso, metro a metro. Hasta entonces todas son proyecciones, unas más certeras que otras, pero nada definitivo. Es verdad que de esta evidencia se aprovechan algunos y quieren hacer pasar como si fueran situaciones imprevisibles aquellas que pudieron ser fácilmente pronosticadas. De esas y muchas otras maniobras hay que estar prevenidos. Pero también hay que estar atentos a las necesidades efectivas de las obras y de los constructores serios que reclaman lo que les corresponde.
EL EDITOR

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