El Congreso de la República aprobó por unanimidad en su sesión del jueves 17 el Proyecto de Ley 2982/2009-PE que incorpora progresivamente a quienes ocupan las plazas de los órganos de control de las entidades del Estado dentro de las planillas de la Contraloría General de la República. El proyecto en realidad es un texto sustitutorio consensuado por las comisiones de Fiscalización y Presupuesto y que unifica los proyectos 1352/2006-CR, 3234/2008-CR y 3803/2009-CR.
El objeto de la norma es ajustarse a lo señalado en la décima tercera disposición final de la Ley 29465 de Presupuesto del Sector Público para este año que para estos efectos creó una comisión integrada por dos representantes de la Contraloría, uno de los cuales la preside, dos del Ministerio de Economía y Finanzas y dos de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. El propósito es consolidar la independencia y autonomía de los órganos de control institucional en el ejercicio de sus labores en las respectivas entidades a su cargo.
Sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento para todas las entidades sujetas al sistema nacional de control previstas en el artículo 3 de la Ley 27785, independientemente del régimen laboral o de la fuente de financiamiento bajo el cual operen. También es obligatoria obviamente para el personal de los órganos de control de esas entidades.
El proceso de incorporación de plazas y presupuestos de los órganos de control institucional de las entidades a la Contraloría se realizará de manera progresiva en dos etapas a partir del 2011. En una primera etapa comprenderá únicamente las plazas de los jefes de los órganos de control y en una segunda etapa las plazas del personal auditor, especialista y administrativo. El proyecto faculta a las entidades a cesar en el servicio o resolver los contratos de las personas que ocupan las plazas que pasarán a la Contraloría y les encarga asumir el pago de las liquidaciones de derechos y beneficios que correspondan.
La Contraloría, de acuerdo a su ley orgánica, definirá el número de plazas necesarias para el funcionamiento de los órganos de control institucional en el nuevo marco operativo, que serán ocupadas previo concurso público de méritos convocado por la propia Contraloría, y propondrá al Ministerio de Economía y Finanzas que considere el monto diferencial del presupuesto para el año 2011 de acuerdo a las normas vigentes en el entendido de que el personal de los órganos de control que hubiere ingresado al servicio por concurso será transferido a la Contraloría, independientemente de su régimen laboral y será cesado y liquidado en sus derechos y beneficios por sus entidades de origen en la fecha en que inicien sus labores en la Contraloría.
La nueva relación laboral, según el proyecto, será bajo el régimen dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control 27785 que es el de la actividad privada.
“Esta norma busca afirmar la independencia de la Contraloría General de la República y darle herramientas para combatir la corrupción de manera más eficaz”, señaló el presidente de la Comisión de Presupuesto, congresista Alejandro Rebaza (PAP), para luego agregar que no se trataba del traslado de personal, sino de las plazas, las cuales se ocuparán mediante concurso público de méritos y previa verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos y experiencia que dichas plazas exijan a sus postulantes.
El proyecto excluye del proceso las plazas y presupuestos de los regímenes laborales especiales: de las fuerzas armadas y policiales, de la carrera diplomática, personal médico y de otros trabajadores de la salud y de la carrera magisterial pública. Igualmente queda excluido del proceso el personal de cualquier régimen laboral que a noviembre del 2004 tuviera el derecho a obtener una pensión en el régimen del Decreto Ley 20530 hasta que sea liberada la respectiva plaza, oportunidad en que ésta, conjuntamente con su presupuesto, será transferida a la Contraloría. También están excluidas de los alcances de la nueva ley, las entidades del Estado que tengan atribuciones constitucionales para nombrar y remover a sus funcionarios y empleados.
Las remuneraciones y demás beneficios que perciba el personal en sus entidades de origen que sea incorporado directamente a la Contraloría, finalmente, se irán adecuando progresivamente a la política salarial del sistema.
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