DE LUNES A LUNES
Desde 1998 las
controversias que se suscitan en los contratos que suscribe el Estado con sus
proveedores se solucionan a través de la conciliación y el arbitraje. Más
recientemente se ha incorporado a la junta de resolución de disputas. Esa
medida revolucionaria, incorporada en la primera Ley de Contrataciones 26850, a
iniciativa mía, ha permitido que las obras y las prestaciones que involucran a
múltiples entidades no se paralicen indefinidamente como consecuencia de las reclamaciones
que se entablan en todo el territorio de la república.
Antes de que
entre en vigencia esa medida existían consejos administrativos, como el Consejo
Superior de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas y el Consejo Nacional
Superior de Consultoría, cuyos tribunales atendían las impugnaciones que
interponían postores y contratistas contra los procesos de selección y contra
las resoluciones que les denegaban sus pedidos. Agotada la vía administrativa,
quedaba expedito el camino para proseguir el litigio en el Poder Judicial. Muy
pocos se animaban a hacer ese tránsito porque allí lamentablemente, por la
carga procesal conocida, el juicio se extendía a tal punto que al final todos
perdían incluso el que aparentemente había ganado, porque había gastado tanto
tiempo y dinero que lo que eventualmente iba a recuperar ni siquiera alcanzaba para
cubrir lo invertido en el proceso, porque desapareció la institución contra la
que litigaba o porque la materia en disputa se terminó diluyendo y ya no hay
nada que exigirle a nadie.
Entonces
también se aseguraba que escalar el conflicto para que transite por la vía
judicial no podía en modo alguno suspender la ejecución de las obligaciones contraídas.
Nada más alejado de la realidad pues habitualmente lo que se discute es si se
continúan los trabajos en uno u otro sentido, si se aprueba o no una ampliación
de plazo, si el trazo de una carretera sigue determinada ruta u otra, o se
reconoce o no una prestación originalmente no considerada en el contrato, para
citar los ejemplos más recurrentes. Como no se puede continuar, sólo cabe
esperar.
La espera también
encarece los costos de la obra o de cualquier prestación, convierte en inútiles
con el paso del tiempo soluciones técnicas que en un momento parecían urgentes,
modifica la configuración de los terrenos y cambia todas las previsiones. Convierte
en absolutamente prescindible lo que en un principio era altamente necesario.
Por eso se optó
por una solución rápida, eficaz y especializada. Que cada parte elija a un
árbitro y que los árbitros así elegidos, designen a un tercero que presida el
tribunal que deba solucionar la disputa. Salvo que se trate de árbitro único
nombrado de común acuerdo o por una institución independiente de las partes. La
opción fue desde un inicio que la conciliación y el arbitraje se administren en
armonía con lo dispuesto en las leyes de la materia. Mientras menos
regulaciones, mejor. Adviértase que se salía de un universo jurisdiccional
naturalmente regulado hasta en el más mínimo detalle y se pasaba a uno que se
quería totalmente distinto. Si a los particulares les funciona, no tenía por
qué no funcionarle al Estado.
Es verdad que
antes de 1998 las entidades podían pactar la conciliación o el arbitraje como
medio para solucionar los conflictos con sus proveedores. Ninguna lo hizo libre
y voluntariamente. Quienes lo hicieron –y lo comprobé personalmente a través de
varios contratos– fueron aquellas cuyas operaciones estaban financiadas con
créditos procedentes del exterior, de organismos internacionales o instituciones
multilaterales que exigían en sus convenios la inclusión de cláusulas obligatorias
de solución de controversias por estos medios alternativos. Si el país no las
aceptaba, no había préstamo y por consiguiente quedaba sin hacerse el
respectivo proyecto.
¿Por qué los
créditos procedentes del exterior exigían que los conflictos que puedan
suscitarse se ventilen en arbitraje y no en el Poder Judicial? Porque la vía
judicial es mucho más extensa y no es especializada. No solo aquí. En cualquier
parte del mundo. El arbitraje más largo puede durar meses, el juicio más largo
puede durar años. Y los organismos internacionales no están para perder tiempo
en dilucidar disputas. Los nacionales tampoco. Comprobarlo me impulsó a
incorporar el arbitraje como medio de solución de controversias en la
contratación pública. ¿Por qué los litigios que se derivan de los proyectos que
financia el tesoro público deben tener un destino distinto, más extenso y más
costoso? ¿Por qué absolutamente todos los tratados de libre comercio que ha
celebrado el Perú con diversos países incorporan al arbitraje como mecanismo de
solución de diferencias? ¿Porque despierta más confianza o porque genera
desconfianza?
El arbitraje
tiene la ventaja de la especialidad. Las partes suelen elegir como árbitros a
aquellos que ya han tenido experiencia en los asuntos que son materia de la
controversia. Que conocen el tema y que por ello mismo están en mejores
condiciones que cualquier otro profesional para entender rápidamente las
posiciones de cada una de ellas. Los centros de arbitraje y el propio Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado cuando hacen sus designaciones
residuales también optan por identificar previamente a quienes están más
familiarizados con lo que está en disputa antes de proceder a la elección.
Se dice que el
Estado pierde la mayoría de arbitrajes. Eso no es cierto. Los estudios
disponibles, de la Contraloría General de la República y del Centro de
Arbitraje de la Pontificia Universidad Católica, entre otros, revelan que los tribunales
arbitrales les ordenan pagar a las entidades el 47 por ciento de los montos que
les reclaman sus contratistas. Y destaco que les ordenan pagar porque muy distinto
es el porcentaje de lo que realmente pagan. Cuando se tenga esa información el
porcentaje bajará considerablemente. No es ningún consuelo, por cierto. Las
obligaciones están para cumplirse y el Estado debería ser el primero en dar el
ejemplo en resguardo del debido proceso y la seguridad jurídica. Algunos malos
funcionarios, sin embargo, solo pagan las deudas de quienes comparten la
cobranza con ellos mismos. Eso debería combatirse con todo el peso de la ley,
sin duda.
En cerca del 75
por ciento de los casos los proveedores les solicitan a los tribunales
arbitrales que tomen las decisiones que los funcionarios públicos se resisten a
adoptar a sabiendas de que les asiste la razón a sus contratistas. El motivo:
evitar las acciones de control y los procesos administrativos y judiciales que
los persiguen muchas veces hasta varios años después de haberse retirado del
servicio, en circunstancias en las que deberían estar gozando de un merecido descanso.
La solución no
es eliminar el arbitraje en la contratación pública o convertirlo en
alternativo a la vía judicial, que es lo mismo que eliminarlo por lo señalado.
La solución es empoderar a los funcionarios públicos para que puedan tomar
decisiones sin temor alguno. No es posible que de los miles de servidores que
son investigados cada año sólo a un puñado pueda demostrárseles conductas ilícitas.
La clave no está en tener a más gente preocupada en armar sus defensas sino en
tenerlas concentradas en el desarrollo del país. Que se procese a menos y se
condene a más. Que haya un trabajo más fino en ese campo y que se apueste por los
funcionarios públicos que en su gran mayoría son profesionales serios que se
ganan la vida honestamente.
Que se difunda
que al país le va muy bien en los arbitrajes en el marco de los tratados de
libre comercio. De un total de 50 mil millones de dólares que se le han
reclamado al Perú los tribunales arbitrales le han ordenado pagar 19 millones
de dólares. Menos del medio por ciento. Y en simultáneo ha cobrado, no le han
ordenado cobrar, sino ya ha cobrado, 50 millones de dólares. Más del doble de
lo que le han ordenado pagar a él. Aquí el éxito radica a que el país respeta
las inversiones, evita incumplimientos y cuando surge algún conflicto contrata a
los mejores abogados y organiza una muy buena defensa. Que esas buenas
prácticas se trasladen al mundo de las contrataciones públicas es el reto.
Y mientras
tanto, que se fortalezca el arbitraje, que se sinceren los casos evitando las
reclamaciones que pueden solucionarse sin entrar en conflicto y que se promocionen
sus bondades y beneficios. Que se desechen esos proyectos que suelen aparecer,
sustentados en frondosa información aparentemente consistente, como uno que
está circulando en los últimos días, destinados a eliminar una conquista del
derecho nacional que nos prestigia en el extranjero y que muchos países
quisieran llevársela.
Ricardo
Gandolfo Cortés
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