domingo, 3 de noviembre de 2024

Del mismo cuero no salen todas las correas

DE LUNES A LUNES

La semana pasada leí un interesante artículo que con justificada razón cuestionaba abiertamente el abuso de las prisiones preventivas de las que muchos se ufanan y que se han convertido en norma cuando en realidad son la excepción. El texto, sin embargo, incurre a manera de colofón en una apreciación equivocada al señalar que la colusión en la Carretera Interoceánica se habría concretado durante la ejecución del proyecto a través de adendas y arbitrajes, dejando entender que no se habría producido antes, durante las etapas de selección, adjudicación y suscripción del contrato.

Los balances de las empresas consorciadas han demostrado, en primer término, que los pagos ilícitos que debieron reintegrar a la firma líder se hicieron inmediatamente después de haber recibido el adelanto. Se ha comprobado que esta última incurrió ella misma en estas amortizaciones indebidas con el propósito de asegurarse el contrato y les cobró a sus socios en la primera oportunidad que se le presentó, ni bien recibieron el primer desembolso del Estado. No es posible pensar que les cobró en forma anticipada para hacer los pagos después cuando ya no había nada que asegurar en la lógica de quien comete el delito.

En segundo lugar, no puede desconocerse que la administración cuya cabeza acaba de ser sentenciada en primera instancia sólo determinó al ganador de la licitación y firmó el contrato, y que la obra se ejecutó durante la gestión siguiente, de manera que resulta imposible condenar al primero por pagos ilegales que se le habrían efectuado cuando ya no estaba en el poder.

Aunque no se diga, la imputación en cualquier caso puede comprender dos tipos de pago ilegales que hay que distinguir y que no siempre se producen en el marco de los actos de corrupción. El primero es el que recibe la autoridad y el segundo el que supuestamente recibe el contratista con el objeto de recuperarse del forado que le causa el primero. El primero se genera, sin ninguna duda, para la adjudicación del contrato porque se hace durante la administración que sólo se ocupa de eso, del proceso de selección. El segundo se habría producido para devolverlo, en línea con la creencia –que se ha revelado falsa– de que lo que se invierte para asegurar un contrato se recupera, bajo una modalidad de resarcimiento, durante su desarrollo.

No tiene sentido, empero, que durante la ejecución del proyecto se realicen recién los pagos por la adjudicación de la obra porque está claro que la administración que eligió al concesionario y firmó el contrato ya no estaba en el gobierno y que por tanto ya no tenía ninguna forma de presionar para que se le cumpla con sus supuestas acreencias, por más reclamaciones destempladas que se hubieren proferido. Esta clase de pagos se hacen siempre por adelantado. Nunca después porque se corre el riesgo de no cobrarlo nunca o cobrarlo solo parcialmente. En otras palabras, si hubiera sido después no hubiera habido a quién pagarle, salvo eventualmente a alguien de esta segunda gestión con el afán de asegurarse alguna suerte de protección para evitar ser desembarcado del proyecto. Pero esa sería otra historia.

Sea de ello lo que fuere, es evidente que el pago que ha motivado la reciente sentencia se hizo para asegurarse la adjudicación del contrato. Esta realidad no compromete a nadie más que a quienes hicieron y recibieron el pago y a quienes actuaron en consonancia con las instrucciones que impartieron quienes estaban involucrados en el asunto. No compromete, desde luego, a quienes se resistieron a implementar esas directivas y constituyeron un obstáculo para los fines que perseguían, según las propias declaraciones que se han difundido en los medios de comunicación formuladas por el representante de la compañía que encabezaba el consorcio.

Respecto a la posibilidad de generar ingresos ilegales durante la ejecución de los contratos a través de adendas y arbitrajes, bien sea para incurrir en coimas o para devolverlas a efectos de que quien las haya entregado las recupere y no termine sacrificando parte o gran parte de sus utilidades en estos trámites ilícitos, en armonía con aquello que del mismo cuero salen todas las correas, cabe hacer algunas precisiones.

Las adendas de ordinario se suscriben para realizar obras adicionales indispensables para alcanzar el objeto del contrato. En la carretera Interoceánica, como en la mayoría de las obras que se construyen sobre terrenos extensos, imposibles de ser estudiados en detalle, hubo adendas, aunque ciertamente no tantas como podría creerse. Básicamente estuvieron orientadas a corregir las deficiencias de los estudios previos y a incluir componentes que no figuraron originalmente, como el cruce de la ciudad de Puerto Maldonado mediante una vía de evitamiento que consideró pasos a desnivel y la ampliación de la pista en las zonas urbanas para causar la menor alteración del ambiente y minimizar los riesgos así como para habilitar carriles de emergencia en el pueblo, o el puente Presidente Guillermo Billinghurst que se levantó sobre el río Madre de Dios para interconectar una ribera con otra y no dejar la obra sin alcanzar la finalidad de unir a los habitantes de las localidades por las que pasa, después de haberse resuelto el contrato con quien debía ejecutarlo inicialmente.

Un contratista no puede inventar una obra adicional que no va a hacer. Pueden haber existido algunos casos en los que se imagina algo que no se necesita y se lo presenta como indispensable. Pero no es fácil porque en una obra hay mucha gente comprometida, entre trabajadores, inspectores, supervisores y fiscalizadores así como mucha documentación que deba sustentar el requerimiento además de planillas, cuadros, planos, aprobaciones y estudios que tornan imposible reclamar después pagos sobre algo que no se ha hecho.

Ha habido quienes han llegado al extremo de sostener que toda la carretera Interoceánica ha sido una creación innecesaria a la que sólo se le dio vida para justificar los actos de corrupción que se iban a perpetrar en su seno. Nada más falso. La carretera forma parte de la iniciativa de Integración de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA) que surgió en la reunión de presidentes de América del Sur celebrada en Brasilia en el 2000 y que agrupa a Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela. Es un mecanismo institucional de coordinación de acciones intergubernamentales entre estos doce países con el objeto de construir una agenda común destinada a impulsar un total de 500 proyectos, 31 de ellos con carácter prioritario, en las áreas de transportes, energía y comunicaciones.

Nadie recuerda que antes de que se construya la carretera Interoceánica el viaje de Quincemil hasta Puerto Maldonado demoraba una semana y ahora se hace en apenas 26 horas. Tampoco nadie reconoce que en los cinco tramos del circuito se ha invertido un promedio de un millón de dólares por kilómetro que es uno de los precios más bajos de América Latina para esta clase de pistas. El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) reporta en sus informes anuales de desempeño que el volumen de tráfico de la obra supera largamente los 40 mil vehículos por día. El tramo de Matarani-Azángaro-Ilo con 854.7 kilómetros que se extienden a lo largo de la costa, tiene la mayor demanda; le sigue el tramo de San Juan de Marcona-Urcos con 757.6 kilómetros, que atraviesan Nazca hasta Quispicanchi en el Cusco; a continuación viene Inambari-Iñapari con 410.7 kilómetros; luego Inambari-Azángaro con 305.9 kilómetros y por último el desvío de Urcos-Inambari con 300 kilómetros.

El volumen de tráfico contabilizado en las casetas de peaje supera en siete veces las predicciones que el estudio de la Universidad del Pacífico estimó que se alcanzaría al concluir la concesión en el año 2030. Esto quiere decir que se ha logrado ese objetivo con seis años de anticipación. Un dato que debería destacarse porque pone de manifiesto la proyección de la ingeniería nacional para adelantarse al futuro y diseñar una vía fundamental que interconecta pueblos y que se inscribe en el programa de integración regional.

Es pertinente anotar que el índice de rugosidad de cada uno de estos tramos está en todos los casos en 2.37 y por debajo de esa puntuación lo que revela el muy buen comportamiento de la calidad de rodadura de la pista frente a los surcos o marcas que dejan los agentes que la atacan, las partículas abrasivas y la acción química. Otro tanto se puede decir del índice global de cumplimiento que según el OSITRAN no baja de 96.7 puntos, lo que revela un óptimo proceso constructivo que, como es lógico, no minimiza ni atenúa los actos de corrupción que se gestaron para la adjudicación contractual.

En cuanto a los arbitrajes el fenómeno es conocido. La mayoría de contratistas tienen que reclamar en esta sede lo que las entidades no les reconocen por medio de los trámites regulares. A veces no son solo ampliaciones de plazo, mayores metrados o adicionales sino también pagos ordinarios que no procesan o que habiendo sido procesados no son aprobados por múltiples razones pero básicamente porque los funcionarios tienen un comprensible temor de que por cualquier medida que adopten sus órganos de control les abran investigaciones que determinan responsabilidades inciertas y que los conduzcan inexorablemente a juicios interminables en los que pierden jubilaciones, tiempos y esperanzas para que al final nadie los indemnice por todo eso.

Frente a ese escenario al proveedor no le queda más remedio que recurrir al arbitraje. La carretera Interoceánica no fue una excepción. Pero obviamente no es que a través de este medio de solución de controversias se quiera recuperar los montos que se hubieren entregado ilícitamente con el objeto de asegurarse la adjudicación de los contratos o que se quiera incrementar ilegalmente los pagos que le corresponden al contratista por la prestación a su cargo. Todas las pretensiones deben probarse fehacientemente y sustentarse los argumentos que las amparan con arreglo a ley. De eso no cabe la menor duda.

Ricardo Gandolfo Cortés


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